Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 28

Fecha del Boletín 
03-02-2020

Sección 3.10.20L: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200203-46

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE LAS ROZAS DE MADRID

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

46
Las Rozas de Madrid. Organización y funcionamiento. Ordenanza circulación tráfico y movilidad

El Pleno del Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid, en sesión celebrada el día 30 de enero de 2020, aprobó inicialmente la ordenanza de circulación, tráfico y movilidad, sometiéndose a información pública por plazo de treinta días hábiles, a contar desde el siguiente día al de publicación del presente anuncio. El expediente, así como el texto de la ordenanza, se encuentra de manifiesto en el Servicio de Coordinación Jurídica, en horario de 8:30 horas a 14:30 horas, de lunes a viernes, así como en la página web municipal (documentos en información pública), plazo durante el cual podrán presentarse alegaciones o reclamaciones contra la misma.

Transcurrido el plazo citado sin que se presente alegación o reclamación alguna, quedará aprobada definitivamente la citada ordenanza, sin necesidad de adopción de ulterior acuerdo, entrando en vigor a los quince días hábiles, a contar desde el siguiente al de su publicación íntegra en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Las Rozas de Madrid, a 30 de enero de 2020.—El alcalde-presidente, PD (Decreto de 28 de junio de 2018), la concejal-delegado de Seguridad Ciudadana, Transportes y Movilidad, Natalia Rey Riveiro.

(03/2.841/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20L: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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