Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 26

Fecha del Boletín 
31-01-2020

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200131-97

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 16

97
Madrid número 16. Ejecución 224/2019

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. José Antonio Rincón Mora letrado/a de la Admón. de Justicia del Juzgado de lo Social nº 16 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento 224/2019 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. JUAN JESÚS SÁNCHEZ DÍAZ frente a FOGASA y ANTONIO MARTÍN DE LA FUENTE IBÁÑEZ, SA sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución :

PARTE DISPOSITIVA

Despachar orden general de ejecución de sentencia y auto a favor de la parte ejecutante, D./Dña. JUAN JESÚS SÁNCHEZ DÍAZ, frente a la demandada ANTONIO MARTÍN DE LA FUENTE IBÁÑEZ, SA, parte ejecutada, por un principal de 45655,63 euros, más 4565,56 euros y 4565,56 euros de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

MODO DE IMPUGNACION.- Mediante recurso de REPOSICION ante este Juzgado dentro de los TRES días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución, podrá deducirse oposición en los términos previstos en el art. 239.4 LJS., debiendo el recurrente que no sea trabajador beneficiario del Régimen de la Seguridad social ingresar la cantidad de 25 Euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la Entidad BANCO DE SANTANDER 2514-0000-64-0224-19.

Así, por éste su Auto, lo acuerda, manda y firma, el Ilmo. Sr. Magistrado - Juez

D./Dña. MARIA JOSE CEBALLOS REINOSO.

EL MAGISTRADO-JUEZ

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a ANTONIO MARTÍN DE LA FUENTE IBÁÑEZ, SA, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto ,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a ocho de enero de dos mil veinte.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/431/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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