Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 26

Fecha del Boletín 
31-01-2020

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200131-118

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 24

118
Madrid número 24. Ejecución 115/2019

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Marta Menarguez Salomón, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 24 de Madrid.

Hago saber: Que el procedimiento número 115/2019 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Paula Blanco Martín, frente a Fondo de Garantía Salarial y La Alameda de Jorge Juan, S. L., sobre ejecución de títulos judiciales, se ha dictado la siguiente resolución.

Parte dispositiva:

A los efectos de las presentes actuaciones, y para el pago de 7.682,51 euros de principal, se declara la insolvencia provisional total de la ejecutada, La Alameda de Jorge Juan, S. L., sin perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago.

Una vez firme la presente resolución, hágase constar en el Registro Mercantil la declaración de insolvencia del deudor (artículo 276.5 de la Ley de la Jurisdicción Social). Asimismo, hágase entrega de certificación a la parte ejecutante, a fin de iniciar el correspondiente expediente ante el Fondo de Garantía Salarial.

Se tiene por recibida devuelta, en sentido negativo, la notificación a la empresa ejecutada, La Alameda de Jorge Juan, S. L., la diligencia de ordenación, de 11 de octubre de 2019, que se une a las actuaciones y se acuerda realizar la notificación de dicha resolución, así como del decreto de insolvencia por medio de exhorto dirigido a Granada.

Una vez firme la presente resolución, archívense las presentes actuaciones.

Y para que sirva de notificación en legal forma a La Alameda de Jorge Juan, S. L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia, o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a 10 de diciembre de 2019.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/474/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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