Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 26

Fecha del Boletín 
31-01-2020

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200131-116

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 21

116
Madrid número 21. Procedimiento 143/2019

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Laura Carrión Gómez, letrada de la Admón. de Justicia del Juzgado de lo Social número 21 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento 143/2019 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. ALFONSO BARROSO RUIZ frente a D./Dña. CESAR DE LA ROSA MOYA y CESAR DE LA ROSA RUTE SL, sobre Despidos / Ceses en general se ha dictado la siguiente resolución:

PARTE DISPOSITIVA

Dispongo: Se rectifica la sentencia dictada el día 6 de noviembre de 2019 en el sentido de que el hecho quinto debe tener el siguiente tenor literal:

«El convenio colectivo de aplicación es el de la construcción de la comunidad de Madrid, donde figura un salario mensual para la categoría de Fontanero de 1.430,35 euros mensuales por doce pagas y 1.725,38 euros de dos pagas extraordinarias, 1.727,91 euros brutos mensuales en total».

Asimismo, el fallo será el siguiente:

«Estimo la demanda formulada por D. ALFONSO BARROSO RUIZ contra D. CÉSAR DE LA ROSA MOYA, la mercantil CESAR DE LA ROSA RUTE SL y el FONDO DE GARANTÍA SALARIAL y declaro la improcedencia del despido efectuado por la empresa demandada, condenando a ésta a que indemnice al trabajador con la cantidad de 5.511,62 euros. Se declara extinguida la relación laboral con fecha de esta sentencia, por lo que la demandada tendrá que abonar en concepto de salarios de tramitación al actor la cantidad de 18.151,42 euros, cantidad que habrá de ser minorada en el importe de los salarios que el trabajador haya podido percibir en otros trabajos desarrollados entre el despido la y la fecha de esta sentencia».

Se mantienen el resto de pronunciamientos de la sentencia. Contra la presente resolución no cabe otro recurso que el que quepa contra la sentencia a la que aclara.

Y para que sirva de notificación en legal forma a D./Dña. CESAR DE LA ROSA MOYA y CESAR DE LA ROSA RUTE SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a veintitrés de enero de dos mil veinte.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/2.145/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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