Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 25

Fecha del Boletín 
30-01-2020

Sección 1.4.113.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200130-44

Páginas: 3


I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios

CONSEJERÍA DE CULTURA Y TURISMO

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RESOLUCIÓN de 16 de enero de 2020, de la Dirección General de Patrimonio Cultural de la Comunidad de Madrid, por la que se incoa el expediente de delimitación del entorno de protección de la ermita de Santa María la Antigua en Carabanchel (iglesia mudéjar del cementerio de Carabanchel Bajo), en Madrid, declarada Monumento Histórico-Artístico.

Mediante Orden de 9 de octubre de 1981 (“Boletín Oficial del Estado” de 24 de noviembre de 1981), fue declarada monumento histórico-artístico, de interés provincial, la iglesia mudéjar del cementerio de Carabanchel Bajo, en Madrid. En el expediente tramitado por el Ministerio de Cultura (actual Ministerio de Cultura y Deporte) no consta delimitación de entorno de protección del monumento.

La vigente Ley 3/2013, de 18 de junio, de Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid, en su disposición transitoria segunda, establece que “mediante Orden de la Consejería competente en materia de patrimonio histórico se podrá definir el entorno de aquellos bienes inmuebles declarados de Interés Cultural o incluidos en el Inventario cuyo entorno no hubiera sido establecido expresamente a la fecha de entrada en vigor de esta Ley”.

Considerando lo anterior, en base a la propuesta técnica emitida por el Área de Catalogación de Bienes Culturales, a efectos de permitir una adecuada percepción y comprensión cultural del ámbito que rodea el bien inmueble, tal y como se define en el artículo 4.1 de la citada Ley 3/2013, y en virtud de las competencias establecidas en el artículo 7.1.b) del Decreto 280/2019, de 29 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Cultura y Turismo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 31 de octubre de 2019),

RESUELVO

Primero

Incoar expediente para la delimitación del entorno de protección de la ermita de Santa María la Antigua (iglesia mudéjar del cementerio de Carabanchel Bajo), en Madrid, declarada monumento histórico-artístico, de interés provincial, mediante Orden de 9 de octubre de 1981, publicada en el “Boletín Oficial del Estado” de 24 de noviembre de 1981, cuya justificación, descripción y definición gráfica figuran en el Anexo de la presente Resolución.

Segundo

Ordenar que la presente Resolución se notifique a los interesados, a los efectos procedentes y al Ayuntamiento de Madrid, interesándole su exhibición en el tablón de anuncios por el plazo de un mes.

Tercero

Abrir un período de información pública por un plazo de un mes, a contar desde la publicación de la presente Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, durante el cual se dará audiencia al Ayuntamiento de Madrid, a los interesados, y al Consejo Regional de Patrimonio Histórico; todo ello, a fin de que, cuantas personas tengan interés puedan examinar el expediente, previa cita, en las dependencias de la Dirección General de Patrimonio Cultural, calle Arenal, número 18, 28013 Madrid, y presentar las alegaciones que estimen oportunas.

Cuarto

Ordenar que la presente Resolución se notifique al Ministerio de Cultura y Deporte y al Registro de Bienes de Interés Cultural de la Comunidad de Madrid para su anotación en los correspondientes registros.

Madrid, a 16 de enero de 2020.—La Directora General de Patrimonio Cultural, Elena Hernando Gonzalo.

ANEXO

DELIMITACIÓN DEL ENTORNO DE PROTECCIÓN DE LA ERMITA DE SANTA MARÍA LA ANTIGUA EN CARABANCHEL, EN MADRID

A. Justificación del entorno de protección

El entorno afectado por la declaración de bien de interés cultural se fundamenta en proteger y favorecer al monumento en su consideración de hito cultural e histórico, velar por la adecuación de las intervenciones urbanísticas y arquitectónicas a favor de la puesta en valor del monumento, evitar la alteración o perdida de los valores ambientales y paisajísticos asociados en la percepción del monumento, así como evitar perturbar las visualizaciones del bien objeto de la declaración.

La protección otorgada a esos inmuebles como consecuencia de su inclusión en el entorno de protección de la ermita de Santa María la Antigua de Carabanchel, es la que puede afectar a la percepción o comprensión cultural del edificio objeto del expediente.

B. Descripción literal del entorno

El perímetro del entorno está formado por un polígono de 15 vértices. El 1 es el vértice suroeste de la parcela 02 de la manzana 60069, asciende por el lado oeste de la misma hasta el vértice 2 noroeste y gira al este por los lados norte de las parcela 02, 03 y 04 de la misma manzana hasta los vértices 3, 4, 5, 6 y 7, desciende hacia el sur por el lado este de la parcela 04 hasta alcanzar el vértice 8 y descender hasta el 9 hacia el este y acabar en el vértice sureste de la parcela, se prolonga hasta a atravesar la calle Monseñor Oscar Romero hasta el vértice 10. Sigue recorriendo hacia el oeste el lado norte de la parcela 30 hasta mitad de camino de la Ermita y desciende por los vértices 11 y 12 haciendo un quiebro y por la línea del 13 al 14 se proyecta en perpendicular al lado noroeste de la parcela 28 descendiendo por él hasta el vértice 15, desde el que retorna por una recta muy larga al punto 1 inicial para cerrar el polígono.

Las coordenadas UTM Huso 30ETRS89 de los 15 vértices son las siguientes:

El entorno comprende, entre otros elementos, el cementerio en su totalidad y una parte menor de la parcela donde estuvo la cárcel de Carabanchel.

C. Plano de delimitación del entorno

Se adjunta plano de delimitación del monumento y su entorno de protección.

(03/1.814/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.113.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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