Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 24

Fecha del Boletín 
29-01-2020

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200129-84

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE ALCALÁ DE HENARES NÚMERO 3

84
Alcalá de Henares número 3. Procedimiento 815/2016

EDICTO

Doña Rosa María Mayans López, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 3 de Alcalá de Henares.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 815/2016, instados por el procurador don Javier García Guillén, en nombre y representación de Honda Bank GMBH Sucursal en España, contra don David Bejarano Garcés, en reclamación de 8.614,12 euros, en los que se ha dictado en fecha 28 de diciembre de 2018 sentencia, cuyo fallo es la siguiente:

Que estimo sustancialmente la demanda presentada por el procurador don Javier García Guillén, en representación de Honda Bank GMBH Sucursal en España, frente a don David Bejarano Garcés, condenando a don David Bejarano Garcés, al pago de la cantidad finalmente reclamada, 8.450,42 euros, que devengará el interés remuneratorio pactado, del 8,5 por 100 hasta su completo pago. Con imposición al demandado de las costas de la presente instancia.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que frente a ella cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid, que deberá interponerse en este Juzgado en el plazo de veinte días.

Conforme a la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial, para la admisión del recurso se deberá acreditar haber constituido, en la cuenta de depósitos y consignaciones de este órgano, un depósito de 50 euros, salvo que el recurrente sea: beneficiario de justicia gratuita, el ministerio fiscal, el Estado, comunidad autónoma, entidad local u organismo autónomo dependiente.

Así, por esta mi sentencia, lo acuerdo, mando y firmo.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado, don David Bejarano Garcés, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución o edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la secretaría de este Tribunal.

En Alcalá de Henares, a 28 de diciembre de 2018.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(02/3.879/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200129-84