Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 24

Fecha del Boletín 
29-01-2020

Sección 3.10.20F: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200129-44

Páginas: 4


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE FUENLABRADA

PERSONAL

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Fuenlabrada. Personal. Relación puestos de trabajo

La Junta de Gobierno Local, en sesión ordinaria celebrada en fecha 27 de diciembre de 2019, acordó:

“Primero.—Modificar el subgrupo funcionarial y denominación de las plazas correspondientes a los siguientes códigos de personal:

Asimismo, se reclasifican en la nueva categoría (oficial) y subgrupo funcionarial (C1) las plazas actualmente vacantes de cabo.

La modificación señalada tendrá efectos desde el día 2 de abril de 2018.

Segundo.—Modificar el subgrupo funcionarial de las plazas correspondientes a los siguientes códigos de personal:

Asimismo, se reclasifican en el nuevo subgrupo funcionarial (C1) las plazas actualmente vacantes de policía.

La modificación señalada tendrá efectos desde el día 2 de abril de 2018.

Tercero.—Modificar la denominación de las siguientes plazas, manteniendo su grupo funcionarial, declarándolas como plazas a extinguir en el momento en que queden definitivamente vacantes:

Asimismo, se modificará la denominación de las plazas de cabo de personal que no desempeñen puestos en policía y dispongan de puestos en la RPT de policía local en situación de reserva, declarándolas como plazas a extinguir, sin perjuicio de que acrediten disponer de la correspondiente titulación a efectos de su clasificación en el nuevo subgrupo profesional.

Cuarto.—Declarar como plazas a extinguir las siguientes plazas de policía local.

Asimismo, se modificará la denominación de las plazas de policía de personal que no desempeñen puestos en policía y dispongan de puestos en la RPT de policía local en situación de reserva, declarándolas como plazas a extinguir, sin perjuicio de que acrediten disponer de la correspondiente titulación a efectos de su clasificación en el nuevo subgrupo profesional.

Quinto.—Modificar la disposición 4.6 de las disposiciones especificas para la adaptación a la Policía Local del Acuerdo Colectivo de Condiciones Comunes de los Empleados Públicos del Ayuntamiento de Fuenlabrada y sus Organismos Autónomos aprobadas por acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 1 de septiembre de 2017, que pasa a tener la siguiente redacción:

4.6. La Dirección de la Policía Local podrá cambiar hasta cinco veces adicionales a las previstas para el conjunto de los empleados públicos del Ayuntamiento y sus Organismos Autónomos el turno de trabajo, sin que el cambio de turno pueda alterar la cadencia de libranza y siempre que concurran necesidades justificadas de servicio.

Sexto.—Modificar la disposición 4.7 de las disposiciones especificas para la adaptación a la Policía Local del Acuerdo Colectivo de Condiciones Comunes de los Empleados Públicos del Ayuntamiento de Fuenlabrada y sus Organismos Autónomos aprobadas por acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 1 de septiembre de 2017, que pasa a tener la siguiente redacción:

4.7. De los ocho cambios de turno (tres incluidos en el articulo 36.5 del Acuerdo Colectivo de Condiciones Comunes de los Empleados Públicos del Ayuntamiento de Fuenlabrada y sus Organismos Autónomos, mas cinco adicionales recogidos en el anterior punto), cinco de ellos se podrán comunicar con veinticuatro horas de antelación, y los otros tres, con siete días de antelación. Por motivos excepcionales, se podrán acortar los plazos de los dos cambios de siete días, siendo compensados cada cambio con dos horas extraordinarias festivas.

Séptimo.—Las modificaciones incluidas en los apartados anteriores sobre las disposiciones 4.6 y 4.7 de las disposiciones específicas para la adaptación a la Policía Local del Acuerdo Colectivo de Condiciones Comunes de los Empleados Públicos del Ayuntamiento de Fuenlabrada y sus Organismos Autónomos, tendrán efectos retroactivos desde el día 2 de abril de 2018, de forma que los cambios de turno no realizados en proporción al tiempo efectivamente transcurrido en situación de servicio activo quedarán a disposición de la Jefatura de Policía Local durante el primer semestre del año 2020.

Octavo.—Modificar la RPT de Policía Local en los siguientes términos, con efectos retroactivos de 2 de abril de 2018:

a) Modificar únicamente la denominación de los siguientes puestos (no se modifica ni el subgrupo ni el complemento específico):

b) Modificar los siguientes puestos de trabajo en los siguientes términos:

c) Crear los siguientes puestos de trabajo en los siguientes términos:

d) Amortizar los siguientes puestos de trabajo:

— POL-02-C001 a POL-02-C011.

— POL-03-D007 a POL-03-D022.

— POL-04-D046 a POL-04-D215.

Noveno.—Encomendar a la Dirección General de Organización Municipal la asignación individual de los nuevos códigos de RPT que corresponden a las distintas plazas en función de su categoría y grupo funcionarial de acuerdo con los puestos que resultan de las modificaciones de la RPT que se acuerdan.

En Fuenlabrada, a 14 de enero de 2020.—El director general de Organización Municipal, Ángel Gil Blázquez.

(03/1.308/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20F: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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