Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 23

Fecha del Boletín 
28-01-2020

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200128-74

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE LEGANÉS NÚMERO 6

74
Leganés número 6. Procedimiento 130/2018

EDICTO

En este Juzgado se siguen autos de procedimiento sobre juicio verbal (250.2) número 130/2018, entre comunidad de propietarios de calle Ribeiro, número 6, de Leganés, y doña Ivonne Patricia Paredes Bermeo y herencia yacente de don Juan Oter Meliche y doña Dolores Heradio Pérez, en cuyos autos se ha dictado sentencia en fecha 25 de julio de 2019, cuya parte dispositiva dice:

“Estimo en parte la demanda presentada por la comunidad de propietarios de calle Ribeiro, número 6, de Leganés, representada por el procurador don José Antonio Pintado Torres, frente a doña Ivonne Patricia Paredes Bermeo y herencia yacente de don Juan Oter Meliche y doña María Dolores Heradio Pérez, en situación de rebeldía procesal. Condenándoles a abonar a aquella la cantidad de 5.064,48 euros, más los intereses legales desde la fecha de interposición de la demanda, hasta sentencia, momento en que se devengarán los del artículo 576 de la LEC.

En cuanto a las costas, cada parte abonará las suyas y las comunes si las hubiere por mitad”.

Habiéndose dictado el 17 de octubre de 2019 auto de rectificación de error material de la sentencia, cuya parte dispositiva dice:

Se rectifica la sentencia de fecha 25 de julio de 2019, en el sentido de que donde dice que la cantidad a abonar por la parte demandada es la de “5.064,48 euros”, debe decir “la cantidad de 5.046,48 euros”.

Y para que sirva de notificación a doña Ivonne Patricia Paredes Bermeo y herencia yacente de don Juan Oter Meliche y doña Dolores Heradio Pérez, expido y firmo la presente.

En Leganés, a 18 de diciembre de 2019.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(02/42.415/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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