Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 23

Fecha del Boletín 
28-01-2020

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200128-68

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE TORREJÓN DE ARDOZ NÚMERO 2

68
Torrejón de Ardoz número 2. Procedimiento 136/2018

EDICTO

En el juicio verbal (250.2) número 136/2018 se ha dictado sentencia, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Fallo

Estimo íntegramente la demanda formulada por la procuradora de los Tribunales, doña Olga Romojaro Casado, en nombre y representación de la comunidad de propietarios de la calle Talamanca, número 7, y Olivares, números 1-3, de Fuente El Saz de Jarama, frente a don Carlos Garrido Díaz y, en consecuencia, debo acordar los siguientes pronunciamientos:

Condeno a don Carlos Garrido Díaz al pago a la comunidad de propietarios de la calle Talamanca, número 7 y Olivares, números 1-3, de Fuente El Saz de Jarama, de la cantidad de 896,20 euros, más los intereses legales desde la reclamación judicial.

Todo ello con expresa imposición de costas al demandado.

Dedúzcase testimonio literal de esta sentencia que quedará en estas actuaciones, con inclusión de su original en el libro de sentencias civiles de este Juzgado.

Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe interponer recurso alguno de conformidad con el artículo 455.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en su redacción dada por la Ley 37/2011 de Medidas de Agilización Procesal, que dispone que “no serán apelables las sentencias dictadas en los juicios verbales por razón de la cuantía cuando esta no supere los 3.000 euros.

La interposición de dicho recurso precisará de la previa constitución del depósito de 50 euros, en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado, de acuerdo con la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, introducida por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre.

Así, por esta mi sentencia, de la que se llevará testimonio a los autos de su razón, la pronuncio, mando y firmo.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado, don Carlos Garrido Díaz, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este Tribunal.

En Torrejón de Ardoz, a 28 de octubre de 2019.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(02/37.949/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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