Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 23

Fecha del Boletín 
28-01-2020

Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200128-34

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE BECERRIL DE LA SIERRA

RÉGIMEN ECONÓMICO

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Becerril de la Sierra. Régimen económico. Ordenanza tasa derechos examen

En la Secretaría de este Ayuntamiento y conforme dispone el artículo 17.1 y 2, del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y en los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, se encuentra expuesta al público a efectos de reclamaciones, el expediente relativo a la aprobación provisional de la derogación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por los derechos de examen actualmente vigente, aprobada inicialmente por el Pleno de la Corporación en sesión ordinaria, celebrada el día 28 de noviembre de 2020.

Los interesados legitimados según lo dispuesto en la legislación anteriormente referida, podrán presentar reclamaciones con sujeción a los siguientes trámites:

a) Plazo de exposición y reclamaciones: treinta días hábiles, contados desde el día siguiente al de la fecha de inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

b) Oficina de presentación: Registro General del Ayuntamiento.

c) Órgano ante el que se reclama: Ayuntamiento Pleno.

En ausencia de reclamaciones durante el plazo de exposición pública antes citado, el acuerdo de aprobación inicial de las citada ordenanza quedará elevado a definitivo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.3, del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y en el artículo el 49.c) de la Ley 7/1985, de 2 abril, Reguladora de Bases de Régimen Local.

Becerril de la Sierra, a 2 de enero de 2020.—El alcalde, Antonio Herrero Márquez.

(03/1.389/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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