Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 12

Fecha del Boletín 
15-01-2020

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200115-51

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE LEGANÉS NÚMERO 7

51
Leganés número 7. Procedimiento 354/2016

EDICTO

En este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 354/2016, entre FCA Capital España E. F. C., S. A., y don Jesús Rafael Martínez y doña María Consuelo Castro Tabares, en reclamación de cantidad, en cuyos autos se ha dictado la siguiente sentencia:

Sentencia número 88/2018

En nombre de su majestad el Rey de España, en la ciudad de Leganés (Madrid) y con fecha 15 de octubre de 2018, han sido vistos por el ilustrísimo señor don Rafael Rosel Marín, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia e instrucción número 7 de los de esta ciudad, los autos civiles de juicio ordinario número 354/2016, seguidos ante este Juzgado a instancias de FCA Capital España Establecimiento Financiero de Crédito, S. A., representada por la procuradora doña Elvira Ruiz Resa y asistida por el letrado don Rubén Pastor Villarrubia, contra don Jesús Rafael Martínez, declarado en rebeldía procesal, y doña María Consuelo Castro Tabares, representada por la procuradora doña Silvia García Montero y asistida por la letrada doña Alicia López Frutos.

Fallo

Que estimando las pretensiones planteadas en los autos civiles de juicio ordinario número 354/2016, seguidos ante este Juzgado a instancias de FCA Capital España Establecimiento Financiero de Crédito, S. A., representada por la procuradora doña Elvira Ruiz Resa y asistida por el letrado don Rubén Pastor Villarrubia, contra don Jesús Rafael Martínez, declarado en rebeldía procesal, y doña María Consuelo Castro Tabares, representada por la procuradora doña Silvia García Montero y asistida por la letrada doña Alicia López Frutos:

1.° Condeno a la parte demandada a abonar a la actora la suma de 11.280,06 euros más los intereses (calculados al tipo de interés legal del dinero) desde demanda y hasta el pago.

2.° Condeno a la demandada al abono de las costas.

Notifíquese a las partes en legal forma la presente resolución, haciendo saber que la misma es susceptible de ser recurrida en apelación a conocer por la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid dentro de los veinte días siguientes a la constancia de su conocimiento, debiendo acreditar al presentar el escrito haber ingresado en la cuenta de consignaciones de este Juzgado (2686 del Banco Santander) y en la cuenta expediente correspondiente al procedimiento, la suma de 50 euros (especificando en el campo “concepto” del documento de ingreso que se trata de un recurso seguido del código 02), sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículos 451 y 452 de la Ley Enjuiciamiento Civil y disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica 6/1985).

Y para que sirva de notificación a don Jesús Rafael Martínez, expido y firmo la presente.

En Leganés, a 28 de noviembre de 2019.—El/la letrado/a de la Administración de Justicia (firmado).

(02/42.948/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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