Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 12

Fecha del Boletín 
15-01-2020

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200115-115

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE ALBACETE NÚMERO 3

115
Albacete número 3. Procedimiento 871/2018

EDICTO

D/Dª FRANCISCO GOMEZ NOVA, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social nº 003 de ALBACETE, HAGO SABER:

Que en el PROCEDIMIENTO ORDINARIO 871/2018 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de D/Dª FRANCISCO JAVIER BOLIVAR APARICIO contra la empresa FOGASA, NOAH POLIZAS AGENCIA DE SEGUROS VINCULADA S.L, sobre ORDINARIO, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:

SENTENCIA 388/2019

En Albacete, a 14 de octubre de 2019.

Vistos por mí, D. Antonio Rodríguez González, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social Nº 3 de Albacete, los autos de Procedimiento Ordinario seguidos ante este Juzgado bajo el Número 871/2018, a instancia de D. Francisco Javier Bolívar Aparicio, asistido de la Letrada Dª. Angelina Hurtado Sandoval, contra la empresa, NOAH PÓLIZAS AGENCIA DE SEGURO VINCULADA, S.L., que no comparece pese a su citación en forma, habiéndose citado a FOGASA, que comparece representado y asistido a través de la Abogacía del Estado, cuyos autos versan sobre reclamación de cantidad, y atendiendo a los siguientes; y

FALLO

Que estimando sustancialmente la demanda interpuesta a instancia de D. Francisco Javier Bolívar Aparicio, asistido de la Letrada Dª. Angelina Hurtado Sandoval, contra la empresa, NOAH PÓLIZAS AGENCIA DE SEGURO VINCULADA, S.L., que no comparece pese a su citación en forma, habiéndose citado a FOGASA, que comparece representado y asistido a través de la Abogacía del Estado, DEBO CONDENAR Y CONDENO a la mercantil demandada al pago al actor de la suma de 1.205,95 euros.

El Fondo de Garantía Salarial responderá de las consecuencias económicas previstas en el artículo 33 del Estatuto de los Trabajadores y siempre dentro de los límites establecidos en el mencionado precepto.

Notifíquese la presente sentencia con indicación de que frente a la misma NO CABE formular recurso de suplicación atendida la cuantía del procedimiento.

Así lo acuerda, manda y firma, el Sr. D. Antonio Rodríguez González, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social Nº 3 de Albacete.

Y para que sirva de notificación en legal forma a NOAH POLIZAS AGENCIA DE SEGUROS VINCULADA S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de MADRID.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

En ALBACETE, a veintiocho de octubre de dos mil diecinueve.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

(03/41.850/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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