Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 11

Fecha del Boletín 
14-01-2020

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200114-59

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 1

59
Madrid número 1. Procedimiento 571/2018

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. LAURA CARRIÓN GÓMEZ LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 01 de Madrid.

HAGO SABER: Que en el procedimiento 753/2019 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. ADAM SABROSO DIAZ frente a D./Dña. MARIO MARINCHEV NIKOLOV sobre Despidos / Ceses en general se ha dictado la siguiente SENTENCIA cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:

SENTENCIA Nº 476/2019

En Madrid, a 12 de diciembre de 2019.

FALLO

ESTIMO la demanda formulada por D. ADAM SABROSO DÍAZ contra MARIO MARINCHEV NIKOLOV y contra el FONDO DE GARANTÍA SALARIAL y DECLARO la improcedencia del despido efectuado por la empresa. DECLARO la extinción de la relación laboral con fecha de despido, el 20 de junio de 2019, condenando a pagar a la actora la cantidad de 138,88 euros en concepto de indemnización por despido.

CONDENO asimismo a la empresa a abonar al actor la cantidad de 2.259,45 euros con los intereses del artículo 29.3 ET por conceptos salariales.

Se advierte a las partes que contra esta Sentencia puede interponerse Recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, anunciándolo por comparecencia o por escrito en este Juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a su notificación y designando Letrado para su tramitación. Se advierte al recurrente que no fuese trabajador o beneficiario del Régimen Público de Seguridad Social, ni gozase del derecho de asistencia jurídica gratuita que deberá acreditar al tiempo de interponerlo haber ingresado el importe de 300 euros en la cuenta del Juzgado aportando el resguardo acreditativo; así como acreditar al tiempo de anunciarlo haber consignado el importe íntegro de la condena o presentar aval de Entidad Financiera por el mismo importe, en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a D./Dña. MARIO MARINCHEV NIKOLOV, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid y tablón de anuncios del Juzgado.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto ,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a doce de diciembre de dos mil diecinueve.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/41.538/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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