Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 5

Fecha del Boletín 
07-01-2020

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200107-63

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE ALCALÁ DE HENARES NÚMERO 2

63
Alcalá de Henares número 2. Procedimiento 911/2018

EDICTO

Don Rafael Villalba Bru, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 2 de Alcalá de Henares.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento verbal número 911/2018, instados por la procuradora doña María Belén Arce Cantano, en nombre y representación de la comunidad de propietarios de la calle Santander número 2, contra la herencia yacente de don Manuel Claudio López Ferrero, en reclamación de cantidad, en los que se ha dictado en fecha 11 de diciembre de 2018 sentencia número 196/2018, cuyo fallo es el siguiente:

Fallo

Que estimando íntegramente la demanda formulada por la procuradora doña Belén Arce Cantano, en nombre y representación de la comunidad de propietarios de la calle Santander número 2, de Alcalá de Henares, frente a la herencia yacente de don Manuel Claudio López, debo condenar y condeno a esta última a abonar a la actora la cantidad de 915 euros, más el interés legal desde la presentación de la demanda, así como al pago de las costas causadas.

Contra la presente resolución no cabe recurso alguno (artículo 455.1 de la LEC).

Así por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado, herencia yacente de don Manuel Claudio López Ferrero, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la secretaría de este Tribunal.

En Alcalá de Henares, a 5 de noviembre de 2019.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(02/41.949/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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