Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 5

Fecha del Boletín 
07-01-2020

Sección 1.3.180.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200107-16

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE MADRID

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RESOLUCIÓN definitiva de 19 de diciembre de 2019, definitiva, de concesión de ayudas de la convocatoria 2019 a Proyectos de I + D para jóvenes investigadores de la Universidad Autónoma de Madrid.

En el marco del Convenio Plurianual 2018-2022, firmado entre la Comunidad de Madrid y la Universidad Autónoma de Madrid, de acuerdo con lo establecido en el artículo 10 de las bases de la convocatoria 2019 de ayudas a Proyectos de I + D para jóvenes investigadores de la Universidad Autónoma de Madrid y, una vez finalizado el plazo de presentación de alegaciones, se acuerda:

1. Dictar la resolución definitiva en la que se incluyen los proyectos seleccionados por orden de puntuación y la financiación concedida (Anexo I).

2. Desestimar la concesión de ayudas al resto de solicitudes presentadas al no haber alcanzado la prioridad suficiente para ser financiadas.

3. Las condiciones de las ayudas concedidas son las previstas en la convocatoria y demás normativa aplicable.

4. El plazo de ejecución de los proyectos será del 1 de enero de 2020 al 31 de diciembre de 2021.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer potestativamente recurso de reposición ante el órgano que la dictó en el plazo de un mes desde el día siguiente al de la notificación, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Sin perjuicio de lo anterior, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses si la resolución fuera expresa, o de seis meses si no lo fuera, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 11.1.a) y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. No se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto.

En Madrid, a 19 de diciembre de 2019.—El Vicerrector de Investigación, José Manuel González Sancho.

(03/42.277/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.180.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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