Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 2

Fecha del Boletín 
03-01-2020

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200103-45

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

LICENCIAS

O. A. Agencia de Actividades

45
Madrid. Licencias. O. A. Agencia de Actividades. Centro médico Las Rosas, S. L.

Número de expediente: AAIPE 220/2019/13324.

En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 45 de la Ley 2/2002, de 19 de junio, de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid y 11 de la Ordenanza sobre Evaluación Ambiental de Actividades, de 27 de enero de 2005, del Ayuntamiento de Madrid, en relación con el artículo 28 de la Ordenanza para la Apertura de Actividades Económicas en la Ciudad de Madrid de 28 de febrero de 2014, se anuncia al público que ha sido solicitada licencia urbanística para consultorio de medicina general con más de tres profesionales de especialidades médicas, odontología, enfermería y podología sin hospitalización y centro de reconocimiento médico de conductores, promovido por Centro Médico Las Rosas, S. L., en el emplazamiento sito en LA calle Suecia, número 63.

Lo que se hace público para general conocimiento y presentación de alegaciones por escrito en el Registro Municipal o a través de cualquiera de los medios establecidos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, pudiendo consultarse la documentación anexa al expediente, en horario de nueve a trece, de lunes a viernes, en la sede de la Agencia de Actividades, calle Bustamante, número 16, planta tercera, durante el plazo de veinte días hábiles, contados desde el siguiente al de la publicación del presente anuncio.

Madrid, a 27 de noviembre de 2019.—La gerente de la Agencia de Actividades (firmado).

(02/41.855/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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