Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 309

Fecha del Boletín 
30-12-2019

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20191230-87

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 85

87
Madrid número 85. Procedimiento 124/2017

EDICTO

D./Dña. ENRIQUE CILLA CALLE, Letrado/a de la Admón. de Justicia del Juzgado de 1ª Instancia num. 85.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento Familia. Guarda, Custodia o Alimentos de hijos menores no matrimoniales no consensuados num. 124/2017 instados por Procurador D./Dña. BEGOÑA FERNANDEZ JIMENEZ en nombre y representación de D./Dña. CONCEPCION RODRIGUEZ JIMENEZ contra D./Dña. CESAR EMILIO MARQUINA ARENAS en reclamación de guarda y custodia, en los que se ha dictado en fecha 14/11/2019 sentencia cuyo encabezamiento y fallo es la siguiente:

SENTENCIA Nº 433/2019

JUEZ/MAGISTRADO- JUEZ: D./Dña. MARÍA SERANTES GÓMEZ

Lugar: Madrid

Fecha: catorce de noviembre de dos mil diecinueve

VISTOS por la Ilma. Dña. MARÍA SERANTES GÓMEZ, MAGISTRADA-JUEZ del Juzgado de 1ª Instancia nº 85 de Madrid y su Partido, los presentes autos Familia. De guarda y custodia contenciosa 124/2017 seguidos en este Juzgado, a instancia de Dña. CONCEPCIÓN RODRIGUEZ JIMENEZ, representada por la Procuradora Dña. BEGOÑA FERNÁNDEZ JIMÉNEZ contra D. CÉSAR EMILIO MARQUINA ARENAS declarado en situación procesal de rebeldía.

FALLO

Que estimando en parte la demanda interpuesta por Dª CONCEPCIÓN RODRIGUEZ JIMENEZ, representada por la Procuradora Dª BEGOÑA FERNÁNDEZ JIMÉNEZ contra D. CÉSAR EMILIO MARQUINA ARENAS, en situación procesal de rebeldía se acuerda:

1º Atribuir la guarda y custodia del hijo menor a la madre, así como el ejercicio de la patria potestad.

2º No ha lugar a fijar régimen de visitas del menor con su padre.

3º Queda en suspenso la contribución del padre a los alimentos del hijo.

Contra esta sentencia cabe interponer Recurso de Apelación por el Ministerio Fiscal en interés de los hijos menores o incapacitados en el plazo de veinte días a contar desde el siguiente a la notificación de la presente.

Así por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo.—El/la Juez/Magistrado/a Juez

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado D./Dña. CESAR EMILIO MARQUINA ARENAS y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOCAM.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este tribunal.

En Madrid, a 16 de diciembre de 2019.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

(03/41.691/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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