Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 309

Fecha del Boletín 
30-12-2019

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20191230-69

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE SAN AGUSTÍN DEL GUADALIX

RÉGIMEN ECONÓMICO

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San Agustín del Guadalix. Régimen económico. Ordenanza tasa recogida de basuras

Se hace público, a efectos del artículo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (TRLHL), el acuerdo de aprobación definitiva de la modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por recogida domiciliaria de basuras, envases y residuos sólidos urbanos, que fue adoptado en sesión plenaria celebrada con fecha 27 de diciembre de 2019 una vez resueltas las alegaciones presentadas durante el período de información pública.

Durante el trámite de información pública aperturado tras el acuerdo de aprobación provisional de la modificación de la ordenanza, adoptado en sesión plenaria celebrada con fecha 30 de octubre de 2019, fueron presentadas las reclamaciones/alegaciones que obran en el expediente y que han sido resueltas por la Corporación municipal en sesión celebrada con fecha 27 de diciembre corriente. En esta misma sesión plenaria fue aprobada definitivamente la modificación de la ordenanza, cuyo texto íntegro dice:

Artículo 2. Hecho imponible.—1. El hecho imponible viene determinado por la prestación del servicio de recogida de basuras domiciliarias, envases y residuos sólidos urbanos, así como su tratamiento y eliminación, procedentes de viviendas, alojamientos y locales o establecimientos donde se ejerzan actividades industriales, comerciales, profesionales, artísticas y de servicios.

Artículo 7. Cuota tributaria.—1. Las cuotas a aplicar serán las siguientes:

A) Viviendas: 60,00 euros/año.

Resto del texto igual, sin modificación.

Igualmente se aprobó su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, entrando en vigor al día siguiente de su publicación.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 19 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, contra el presente acuerdo los interesados podrán interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

En San Agustín del Guadalix, a 27 de diciembre de 2019.—El alcalde, Roberto Ronda Villegas.

(03/42.819/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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