Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 309

Fecha del Boletín 
30-12-2019

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20191230-138

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 14

138
Madrid número 14. Procedimiento 746/2019

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. Araceli Crespo Pascual, letrado/a de la Admón. de Justicia del Juzgado de lo Social nº 14 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento 746/2019 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. LORENA PRIVADO VAQUERA frente a HERMANOS ESTEBAN ROMANIEGA SL sobre Despidos / Ceses en general se ha dictado la siguiente resolución cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:

AUTO

En Madrid, a 27 de noviembre de 2019.

PARTE DISPOSITIVA

DISPONGO: SE RECTIFICA la sentencia dictada el día 13 de noviembre de 2019 en el siguiente sentido:

1.- Introducir un hecho quinto que diga: «la empresa no ha abonado el salario correspondiente a las vacaciones no disfrutadas (408,49 euros) así como salarios no abonados (105,40 euros)».

2.- Al final del fundamento jurídico segundo debe añadirse que «no habiéndose, asimismo, acreditado por la parte demandada el pago de las cantidades que por conceptos salariales se reclaman en la demanda, debe accederse a lo solicitado, condenando a la demandada a abonar a la actora la cantidad de 513,89 euros por salarios devengados y no abonados, incrementados en el 10% de interés moratorio previsto en el artículo 29.3 LET. No ha lugar a condenar al pago de preaviso alguno, al ser concepto incompatible con la indemnización por despido improcedente».

2.- El fallo, asimismo, deberá ser completado al final, añadiendo «Asimismo, se condena a la demandada a abonar a la actora la cantidad de 513,89 euros incrementados en el 10% de interés moratorio previsto en el artículo 29.3 LET».

Se mantienen el resto de pronunciamientos de la sentencia. Contra la presente resolución no cabe otro recurso que el que quepa contra la sentencia a la que aclara.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a HERMANOS ESTEBAN ROMANIEGA SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid y tablón de anuncios del Juzgado.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto ,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a veintiocho de noviembre de dos mil diecinueve .

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/40.178/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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