Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 307

Fecha del Boletín 
27-12-2019

Sección 1.3.102.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20191227-16

Páginas: 3


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA

16
ORDEN 148/2019, de 10 de diciembre, de la Consejera de Presidencia, por la que se resuelve la convocatoria de concesión de becas de la Comunidad de Madrid para la realización de prácticas en la Dirección General de Cooperación con el Estado y la Unión Europea.

Con fecha 11 de febrero de 2018 se publicó en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, la Orden 2548/2018, de 13 de diciembre, del Vicepresidente, Consejero de Presidencia y Portavoz del Gobierno, por la que se aprueban las bases reguladoras que han de regir las convocatorias de concesión de becas de la Comunidad de Madrid para la realización de prácticas en la Dirección General de Asuntos Europeos y Cooperación con el Estado.

Posteriormente, se convocó la concesión de subvenciones mediante Orden 1402/2019, de 30 de abril, del Vicepresidente, Consejero de Presidencia y Portavoz del Gobierno y cuyo anuncio de extracto fue publicado el día 24 de mayo de 2019 en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID (BDNS: 454615).

Con fecha 28 de agosto de 2019 se publicó en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID el Decreto 73/2019, de 27 de agosto, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica la estructura orgánica básica de las Consejerías de la Comunidad de Madrid. En su artículo 2.6 se establece que la administración de los Fondos Europeos (hasta entonces competencia de la Consejería de Presidencia) se atribuye a la Dirección General de Presupuestos de la Consejería de Hacienda y Función Pública. La modificación de la estructura sobrevenida de esta Dirección General supondrá por tanto la interpretación de la convocatoria y de la concesión de becas a la luz de dicho Decreto.

Asimismo, de conformidad con el artículo 11.2 del Decreto 282/2019, de 29 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Presidencia la competencia relativa al “seguimiento, estudio y divulgación del derecho y de las políticas comunitarias” que ostenta esta Dirección General y que ejerce la Subdirección General de Cooperación con el Estado, Asuntos Europeos y Acción Exterior es la base y fundamento de la convocatoria de las becas.

En consecuencia, una vez cumplimentado el procedimiento establecido en el apartado 7 de la convocatoria, ha sido elevada propuesta de resolución de concesión de las becas, por lo que, en virtud de lo establecido, en el artículo 41 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración, en el artículo 7 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, en los apartados quinto y primero de la Orden 1/2018, de 30 de mayo, del Vicepresidente, Consejero de Presidencia y Portavoz del Gobierno, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias, y en el artículo 2 del Decreto 73/2019, de 27 de agosto, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica la estructura orgánica básica de las Consejerías de la Comunidad de Madrid,

DISPONGO

Primero

Resolver la convocatoria y conceder las becas de la Comunidad de Madrid para la realización de prácticas en la Dirección General de Cooperación con el Estado y la Unión Europea, según el orden de puntuación obtenido.

El gasto al que asciende el total de la cuantía a conceder es 48.000 anuales y se imputará al subconcepto 48399 del Programa 921U del vigente Presupuesto de Gastos de la Consejería de Presidencia .El importe de las becas incluye los gastos al sistema de la Seguridad Social correspondiente tanto al trabajador como a la Administración, según la legislación vigente.

Los beneficiarios deberán cumplir la finalidad y obligaciones que se establecen en la convocatoria y las bases reguladoras que rigen esta concesión.

Segundo

Establecer una lista priorizada con todos los candidatos con una puntuación total o superior a 55 puntos, de conformidad con el apartado 7.4 con la orden de convocatoria.

Tercero

De conformidad con el artículo 21 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, y del artículo 25.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones:

1. Desestimar las siguientes solicitudes por las causas que se indican:

— Expediente 03-PAE2-00009.1/2019. Solicitante: Moratilla Delgado, Rafael. No responder al requerimiento de subsanación.

— Expediente 03-PAE2-00014.7/2019. Solicitante Cerdá Mansilla, Elena. No responder al requerimiento de subsanación.

— Expediente 03-PAE2-00023.8/2019. Solicitante: Fuentes Antras, Cristina. Presentada fuera de plazo.

— Expediente 03-PAE2-00024.0/2019. Solicitante: Suárez Benavente, Alberto. Presentada fuera de plazo.

— Expediente 03-PAE2-00001.2/2019. Solicitante: Bebea Zamorano, Pilar. Ha renunciado a su solicitud.

2. Excluir las siguientes solicitudes por no aportar el certificado C1 de nivel de inglés y no realizar la prueba de nivel del idioma:

— Expediente 03-PAE2-00003.4/2019. Solicitante: Martín Torrecillas, Javier.

— Expediente 03-PAE2-00007.8/2019. Solicitante: González Arribas, Cristina.

— Expediente 03-PAE2-00010.3/2019. Solicitante: Muñoz Alonso, Ana Isabel.

— Expediente 03-PAE2-00017.1/2019. Solicitante: Moro Aguado, Celia.

— Expediente 03-PAE2-00020.5/2019. Solicitante: De Elías Pablos, Bernardo.

— Expediente 03-PAE2-00021.6/2019. Solicitante: Suárez Sánchez, Idaira.

— Expediente 03-PAE2-00022.7/2019. Solicitante: Bellón Moral, Alicia.

Cuarto

La presente Orden se publicará en la página web institucional de la Comunidad de Madrid y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, a efectos del cómputo de plazos para la interposición de recursos.

Quinto

Comunicar que contra la presente Orden que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante la Consejería de Presidencia o directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, contados ambos plazos desde el día siguiente al de su publicación.

Madrid, a 10 de diciembre de 2019.—La Consejera de Presidencia, P. D. (Orden 1/2018, de 30 de mayo), el Director General de Cooperación con el Estado y la Unión Europea, ­Eugenio Fontán Oñate.

(03/41.887/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.102.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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