Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 306

Fecha del Boletín 
26-12-2019

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20191226-163

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 14

163
Madrid número 14. Ejecución 191/2019

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. Araceli Crespo Pascual, letrada de la Admón. de Justicia del Juzgado de lo Social nº 14 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento 191/2019 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. MARYNA ANDRIUTSA frente a NO LIMITS GROUP EXCELLENCE SL sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:

PARTE DISPOSITIVA

Declaro extinguida la relación laboral que unía a Dª. MARYNA ANDRIUTSA con NIE X7470303H con NO LIMITS GROUP EXCELLENCE SL, con efectos de 25 de noviembre de 2019, condenándoles a que abonen a la trabajadora la siguiente cantidad: 395,63 euros.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de reposición ante este Juzgado de lo Social, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso.

Notifíquese esta resolución a las partes y al FONDO DE GARANTÍA SALARIAL.

DILIGENCIA.- Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 L.R.J.S. Doy fe.

Y para que sirva de notificación en legal forma a FOGASA, y NO LIMITS GROUP EXCELLENCE SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios del Juzgado.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a veintiséis de noviembre de dos mil diecinueve.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/39.887/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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