Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 306

Fecha del Boletín 
26-12-2019

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20191226-130

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 3

130
Madrid número 3. Procedimiento 725/2018

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D. ISMAEL PEREZ MARTINEZ LETRADO DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 03 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 725/2018 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D. SERGIO SANCHEZ GONZALO frente a BALLESTEROS MUÑOZ MARIA CONCEPCION 007745044D SLNE y FOGASA sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado la siguiente SENTENCIA:

En Madrid a veintiséis de noviembre de dos mil diecinueve.

Vistos por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social nº 3, D. FRANCISCO JOSÉ DEL POZO SÁNCHEZ los presentes autos nº 725/2018 seguidos a instancia de D. SERGIO SANCHEZ GONZALO contra BALLESTEROS MUÑOZ MARIA CONCEPCION 007745044D SLNE y FOGASA, que no comparecen, sobre Reclamación de Cantidad.

EN NOMBRE DEL REY

Ha dictado, de conformidad con lo establecido en el art. 50 de la L.R.J.S., la siguiente

SENTENCIA Nº 351/2019

FALLO

Estimar íntegramente la demanda interpuesta por D.SERGIO SÁNCHEZ GONZALO frente a BALLESTEROS MUÑOZ MARIA CONCEPCION 007745044D SLNE y, en consecuencia, acuerdo condenar a la misma al pago de la cantidad de 1.816,50 € más el interés prevenido en el art. 29.3 del T.R.E.T. y la responsabilidad subsidiaria del FOGASA para el supuesto de insolvencia.

Se impone a la demandada el pago de las costas.

Se advierte a las partes que esta sentencia es firme y contra ella no cabe interponer recurso alguno.

Así, por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

EL MAGISTRADO

La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada sólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a BALLESTEROS MUÑOZ MARIA CONCEPCION 007745044D SLNE, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a veintiséis de noviembre de dos mil diecinueve.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/39.668/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20191226-130