Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 306

Fecha del Boletín 
26-12-2019

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20191226-104

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 10

104
Madrid número 10. Procedimiento 1173/2018

EDICTO

Don José Carlos Gomila de Sande, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 10 de Madrid.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 1173/2018, instados por procurador don Esteban Muñoz Nieto, en nombre y representación de Santander Consumer EFC, S. A., contra don Constantin Sologan, en los que se ha dictado en fecha 8 de noviembre sentencia, cuyo fallo es la siguiente:

Estimando la demanda formulada por el procurador don Esteban Muñoz Nieto, en nombre y representación de Santander Consumer Establecimiento Financiero de Crédito, S. A., contra Constantin Sologan, condeno al demandado a abonar a la entidad actora la cantidad de 8.473,16 euros con los intereses legales y todo ello con condena al demandado en las costas del procedimiento.

Así lo acuerda, manda y firma doña María Dolores Fernández Alcalde, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia número 10 de Madrid, de lo que doy fe.

Notifíquese la presente resolución a las partes poniendo en su conocimiento que contra la misma cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial que se interpondrá ante este Juzgado en el plazo de veinte días contados desde el siguiente a la notificación de esta resolución, exponiendo las alegaciones en que base la impugnación y citando la resolución apelada y los pronunciamiento que impugna, previo depósito de 50 euros que deberá consignar en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado número 2438 de Banco Santander, de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, por la que se modifica la Ley Orgánica del Poder Judicial, y que deberá acreditar la parte recurrente mediante la presentación del resguardo, haciendo saber que no se admitirá ningún recurso cuyo depósito no esté constituido.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado don Constantin Sologan y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este tribunal.

En Madrid, a 25 de noviembre de 2019.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(02/41.195/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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