Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 302

Fecha del Boletín 
20-12-2019

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20191220-121

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 16

121
Madrid número 16. Ejecución 242/2019

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Carmen Rodríguez Vozmediano, letrada de la Admón. de Justicia del Juzgado de lo Social nº 16 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento 242/2019 de este Juzgado de lo social, seguido a instancia de D./Dña. Javier Martín Cruz frente a FREEXPORT OPERADOR LOGISTICA, SA y FOGASA sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:

AUTO nº 138/2019

En Madrid, a 8 de noviembre de 2019.

PARTE DISPOSITIVA

Declaro la extinción de la relación laboral que unía a Don Javier Marín Cruz con la entidad Freexport Operador Logística S.L., a fecha de 8 de noviembre de 2019, cesando por tanto los efectos de la relación laboral para cada una de las partes.

Condeno a la mercantil Freexport Operador Logística S.L., a abonar a Don Javier Martín Cruz en concepto de indemnización la cantidad de 3.168,66 euros, así como la cantidad de 576,12 euros en concepto de salarios de tramitación.

Con la responsabilidad del FOGASA de conformidad a lo establecido en el artículo 33 del E.T.

Notifíquese la presente resolución a las partes. Contra la misma podrá interponerse recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de conformidad a lo dispuesto en la LRJS.

Así por esta resolución, lo pronuncio, acuerdo y firmo, Doña Soledad Ester Hidalgo Serna, Magistrada del Juzgado de lo Social nº 16 de los de Madrid.

Y para que sirva de notificación en legal forma a FREEXPORT OPERADOR LOGISTICA SA, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a veintiuno de noviembre de dos mil diecinueve.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/39.248/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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