Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 298

Fecha del Boletín 
16-12-2019

Sección 1.2.104.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20191216-1

Páginas: 18


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

CONSEJERÍA DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA

1
ORDEN 716/2019, de 8 de noviembre, de la Consejería de Hacienda y Función Pública, por la que se convoca proceso selectivo para el ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo de Técnicos y Diplomados Especialistas, Escala de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos, Especialidad de Museos, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A2, de la Comunidad de Madrid.

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto 170/2018, de 18 de diciembre, del Consejo de Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 20 de diciembre; corrección de errores en BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 4 de enero de 2019), por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de la Comunidad de Madrid para el año 2018, y en el ejercicio de las facultades otorgadas por el artículo 2.bis.7 del Decreto 74/1988, de 23 de junio (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 5 de julio), por el que se atribuyen competencias entre los Órganos de la Administración de la Comunidad, de sus Organismos Autónomos, Órganos de Gestión y Empresas Públicas en materia de personal, en relación con el Decreto 272/2019, de 22 de octubre, del Consejo de Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 24 de octubre), por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Hacienda y Función Pública, esta Consejería ha resuelto convocar pruebas selectivas para el ingreso en el Cuerpo de Técnicos y Diplomados Especialistas, Escala Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos, Especialidad de Museos, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A2, de la Comunidad de Madrid, con sujeción a las siguientes

BASES COMUNES

Resultará de aplicación al proceso selectivo objeto de la presente convocatoria lo dispuesto en la Orden 290/2018, de 27 de junio, de la Vicepresidencia, Consejería de Presidencia y Portavocía del Gobierno, por la que se aprueban las bases generales por las que se regirán las convocatorias de procesos selectivos de personal funcionario de administración y servicios de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 10 de julio de 2018).

BASES ESPECÍFICAS

Primera

Normas generales

1.1. Se convoca pruebas selectivas para la cobertura de una plaza en el Cuerpo de Técnicos y Diplomados Especialistas, Escala Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos, Especialidad de Museos, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A2, de la Comunidad de Madrid, para su provisión por turno de acceso libre.

Dicha plaza se encuentra vinculada a la Oferta de Empleo Público de la Comunidad de Madrid para el año 2018, aprobada por el Decreto 170/2018, de 18 de diciembre (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 20 de diciembre).

Segunda

Interesados

2.1. Para ser admitidos y, en su caso, tomar parte en el proceso selectivo, bastará con que los aspirantes manifiesten en sus solicitudes de participación que reúnen, además de los requisitos que se recogen en la base 6.1 de la Orden 290/2018, de 27 de junio, los siguientes requisitos:

— Estar en posesión o en condiciones de obtener en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes el título de Grado, Diplomado Universitario, Arquitecto Técnico o Ingeniero Técnico.

Se considera equivalente al título de Diplomado Universitario el haber superado los tres primeros cursos completos de los estudios conducentes a la obtención de cualquier título oficial de Licenciado, Arquitecto o Ingeniero, o el primer ciclo correspondiente a dichos estudios, siempre que este primer ciclo contenga una carga lectiva mínima de 180 créditos.

2.2. En relación a las solicitudes de adaptaciones de tiempo y/o medios, se estará a lo dispuesto en la Base 8.6 de la Orden 290/2018, de 27 de junio, con las siguientes particularidades:

En el caso de aspirantes a quienes se les haya reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento, deberán adjuntar dictamen técnico facultativo emitido por un Centro Base de atención a personas con discapacidad de la Comunidad de Madrid, u órgano técnico competente para la calificación del grado de discapacidad de cualquier otra Administración, que acredite de forma fehaciente la/s deficiencia/s que hayan dado origen al grado de discapacidad reconocido, para que el Tribunal de Selección pueda valorar la procedencia o no de la concesión de la adaptación solicitada.

Cuando la adaptación solicitada consista en un tiempo adicional para la realización de alguna de las pruebas, se deberá concretar el tiempo adicional solicitado, el cual deberá ajustarse a lo establecido en la orden PRE/1822/2006, de 9 de junio, por la que se establecen los criterios generales para la adaptación de tiempos adicionales en los procesos selectivos para el acceso al empleo público de personas con discapacidad.

Si la adaptación solicitada lo fuera de medios, se deberá concretar cuáles son estos. De igual modo, deberá especificarse, en su caso, las condiciones de accesibilidad que haya de tener el recinto o espacio físico donde estas se desarrollen.

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto 54/2006, de 22 de junio, del Consejo de Gobierno, en relación con lo estipulado en el artículo 6 de la Orden 1285/1999, de 11 de mayo, de la Consejería de Hacienda, y a efecto de poder valorar la procedencia de la adaptación solicitada, se podrá, si así se estimase necesario, recabar informe y, en su caso, colaboración de los Centros Base de atención a personas con discapacidad de la Comunidad de Madrid, de la Unidad Administrativa de Colaboración con el Instituto Nacional de la Seguridad Social o de otros órganos técnicos competentes.

Los aspirantes que aun teniendo alguna limitación, temporal o permanente, de su capacidad, no tengan la consideración de persona con discapacidad, deberán aportar certificado médico oficial que contenga los extremos señalados en los párrafos anteriores.

Tercera

Solicitudes

3.1. La cumplimentación y presentación de solicitudes se ajustara a lo establecido en la base octava de la Orden 290/2018, de 27 de junio.

3.2. Las solicitudes para participar en este proceso selectivo se deberán cumplimentar, en todo caso, por medios electrónicos, a través de la página web de la Comunidad de Madrid, a la que se accederá a través del enlace: http://www.comunidad.madrid/servicios/empleo/oposiciones-administracion-..., seleccionando el Cuerpo, Escala y Especialidad, objeto de la presente convocatoria, y cumplimentando el formulario de solicitud, de acuerdo con las instrucciones que también constan en el mismo, previo pago, en su caso, de la tasa por derechos de examen a que se refiere la base cuarta de la presente Orden.

Cumplimentación y presentación de la solicitud:

A) Cumplimentación electrónica y presentación telemática de la solicitud. En la ventana de identificación del proceso selectivo, deberá seleccionarse la opción de identificación Acceso con certificado. Se necesita disponer de DNI o uno de los certificados electrónicos reconocidos por la Comunidad de Madrid y tener instalada la aplicación “Autofirma”, que podrá descargarse desde la sección “Ayuda y requisitos”.

Además, deberá adjuntarse a la solicitud la documentación que corresponda de entre la que se indica en la base 3.3 de la presente convocatoria.

B) Cumplimentación electrónica y gestión presencial de la solicitud. En la ventana de identificación del proceso selectivo, deberá seleccionarse la opción de identificación Acceso sin certificado. Mediante este acceso, será redirigido sin solicitarle ningún método de autenticación, al formulario de solicitud. Una vez cumplimentado, se le permitirá previsualizarlo y posteriormente generarlo en formato PDF. Deberá guardar el documento, imprimirlo y firmarlo para posteriormente poder ser presentado preferentemente en cualquiera de las oficinas de asistencia en materia de registro, que pueden consultarse en el siguiente enlace http://www.comunidad. madrid/servicios/informacion-atencion-ciudadano/red-oficinas-comunidad-madrid.

Además, deberá adjuntarse a la solicitud la documentación que corresponda de entre la que se indica en la base 3.3 de la presente convocatoria.

No producirán efectos ante la Administración las modificaciones y adiciones realizadas en la solicitud con posterioridad a su impresión

3.3. Documentación a adjuntar a las solicitudes.

Los aspirantes deberán acompañar a las solicitudes de participación la documentación que corresponda de entre la que se indica a continuación:

a) El ejemplar para la Administración del impreso modelo 030, acreditativo de haber abonado la tasa por derechos de examen y/o, en su caso, la documentación acreditativa de la exención parcial o total del pago de la misma, todo ello en la forma y términos dispuestos en la base 8.2 de la Orden 290/2018, de 27 de junio.

b) Las personas que pudieran precisar adaptaciones de tiempo y/o medios para la realización de alguno de los ejercicios de que consta el proceso, deberán presentar la documentación que acredite la necesidad de las adaptaciones solicitadas, que habrá de ser aportada en la forma y términos establecidos en la base 8.6 de la Orden 290/2018, de 27 de junio, en relación con la base 2.2 de la presente convocatoria.

c) Únicamente en aquellos casos en que la solicitud se presente y/o firme por medio de representante que actúa en nombre del aspirante, se deberá aportar la correspondiente autorización en el modelo establecido al efecto y que se encuentra disponible siguiendo la secuencia ya indicada en la base 3.2 de la presente Orden.

Cuarta

Tasa por derechos de examen

En cuanto al pago de la tasa por derechos de examen se estará a lo dispuesto en la base 8.2 de la Orden 290/2018, de 27 de junio, haciendo constar en el motivo de la liquidación “Acceso a TEC. DIPL. ESP. MUSEOS”.

Salvo que resulte de aplicación alguna de las exenciones totales recogidas en dicha base, quienes soliciten participar en el proceso selectivo deberán liquidar, en la forma establecida en la misma, la tasa por EXAMEN TITULACIÓN SUBGRUPO A2: “Dchos. examen proc. select. que se deriven form. lista espera” y que asciende a 41,18 euros. Para quienes sean miembros de familias numerosas de categoría general, el importe de la tasa será de 20,59 euros.

Quinta

Tribunal Calificador

5.1. El Tribunal Calificador será designado por Resolución de la Dirección General de Función Pública que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID rigiéndose por lo establecido en la base décima de la Orden 290/2018, de 27 de junio. A efectos de cobro de indemnizaciones por razón del servicio, quedará incluido en la categoría segunda, siendo de aplicación la base antes citada, en relación con la Resolución de 3 de enero de 2019, de la Dirección General de Función Pública, por la que se dictan instrucciones sobre el incremento de la cuantía de determinadas indemnizaciones en concepto de asistencias por la participación en tribunales de selección de personal funcionario y laboral de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 17 de enero de 2019).

5.2. Los tribunales de selección actúan con plena autonomía en el ejercicio de su discrecionalidad técnica, y sus miembros son personalmente responsables de la transparencia y objetividad del procedimiento, de la confidencialidad de las pruebas y del estricto cumplimiento de las bases de la convocatoria y de los plazos establecidos para el desarrollo del proceso selectivo.

5.3. La inasistencia injustificada de los miembros de los órganos de selección a las distintas sesiones y actos del procedimiento, incluido el de constitución, habiendo sido convocados por su presidente/a, así como el incumplimiento de sus deberes en el desarrollo del proceso selectivo objeto de esta convocatoria, dará lugar a la exigencia de la responsabilidad que corresponda.

5.4. El tribunal dispondrá de un plazo máximo de treinta días hábiles desde la recepción de las peticiones o consultas que le sean formuladas para su contestación, salvo que concurran circunstancias excepcionales, en cuyo caso se procederá de conformidad con lo previsto en los artículos 21.5 y 32 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. Las peticiones o revisión de calificaciones presentadas por los aspirantes deberán ser respondidas por el Tribunal de forma razonada con anterioridad a la celebración del siguiente ejercicio de la oposición o, en su caso, del concurso, siempre y cuando se hubiesen formulado al menos siete días antes de la realización del mismo, para que en dicho plazo pueda efectuarse la convocatoria del tribunal con la antelación mínima establecida y tras reunirse para su valoración, pueda procederse a cursar la notificación del acuerdo adoptado a la persona interesada.

5.5. Las actuaciones de los tribunales de selección que tengan la condición de preparatorias de las Resoluciones por las que se aprueban las relaciones de aspirantes que han superado los distintos ejercicios, no serán recurribles de forma independiente a estas.

5.6. La designación de asesores/as especialistas por el tribunal de selección, se publicará en la página web de la dirección general con competencias en materia de función pública, junto con el resto de la información relativa al correspondiente proceso selectivo.

Sexta

Proceso selectivo

6.1. El sistema selectivo será el de oposición.

6.2. El desarrollo de la oposición se regirá por lo dispuesto en la base decimosegunda de la Orden 290/2018, de 27 de junio, y por el programa que figura como Anexo de la presente convocatoria.

6.3. La oposición estará integrada por los ejercicios que a continuación se indican, todos y cada uno de ellos eliminatorios.

6.3.1. Primer ejercicio.

Los aspirantes, en un tiempo máximo de cuatro horas y media, deberán desarrollar por escrito cuatro temas de entre los que componen el programa de la oposición, extraídos al azar por el Tribunal en la misma sesión en la que haya de celebrarse el ejercicio, de acuerdo con la siguiente distribución:

— Un tema a elegir entre dos extraídos del Temario general.

— Un tema a elegir entre dos extraídos de la primera parte del Temario específico.

— Dos temas a elegir entre cuatro extraídos de la segunda parte del Temario específico.

El ejercicio será leído por los aspirantes en sesión pública ante el Tribunal, que valorará la amplitud y actualización de conocimientos, la originalidad en el planteamiento de los temas, la claridad y el orden de ideas y la calidad de la expresión escrita, así como su forma de presentación y exposición.

Una vez finalizada la lectura, el Tribunal podrá dialogar con los aspirantes durante un plazo máximo de quince minutos sobre cuestiones relacionadas con los temas desarrollados.

6.3.2. Segundo ejercicio.

Consistirá en una prueba sobre el idioma extranjero elegido por el aspirante en su solicitud de participación, pudiendo optar aquél entre alemán, francés, inglés, italiano o portugués.

Los aspirantes realizarán una traducción directa al castellano, por escrito, de un texto propuesto por el Tribunal en el idioma elegido, que versará sobre el temario específico del programa de la oposición.

Para la realización de esta traducción, cuya duración máxima será de una hora y media, los aspirantes podrán ayudarse de diccionario en soporte papel.

Los aspirantes procederán a la lectura de la traducción realizada en sesión pública ante el Tribunal. El Tribunal valorará el conocimiento del idioma escogido, la capacidad de comprensión y síntesis y la claridad de la exposición de ideas, pudiendo dialogar con el aspirante en el idioma elegido durante un plazo máximo de diez minutos.

Para la corrección de este segundo ejercicio, el Tribunal podrá ser asistido por los asesores especialistas que, en su caso, pudiera designar a tal fin.

Los aspirantes que quisieran modificar la elección de idioma que hubieran señalado inicialmente en su solicitud de participación, dispondrán, a tal efecto, del plazo establecido en la base 9.2 de la Orden 290/2018, de 27 de junio, sin que, con posterioridad a dicho plazo, se admita modificación alguna en su elección.

6.3.3. Tercero ejercicio.

Constará de dos partes:

— Primera parte: Los aspirantes, en un tiempo máximo de dos horas, habrán de resolver por escrito un supuesto práctico propuesto por el Tribunal y relacionado con el temario de la oposición. Para la realización de esta primera parte los aspirantes podrán acudir provistos de la documentación y/o materiales que el Tribunal pudiera, en su caso, determinar en la convocatoria de la misma.

— Segunda parte: Consistirá en la cumplimentación, en el plazo máximo de una hora y media, de los datos de Registro e Inventario a partir del módulo de catalogación DOMUS de cuatro piezas elegidas por el opositor de entre un total de seis propuestas por el Tribunal, relacionadas con las materias incluidas en la segunda parte del temario específico, teniendo que catalogar el opositor, al menos, una de cada bloque.

Cada una de las partes del ejercicio podrá realizarse en días diferentes, si así lo acuerda el Tribunal.

El ejercicio será leído por los aspirantes en sesión pública ante el Tribunal, que valorará el rigor analítico, la sistemática y la claridad de ideas, así como su forma de presentación y exposición.

El Tribunal podrá dialogar con los aspirantes durante un tiempo máximo de quince minutos, sobre cuestiones relacionadas con el ejercicio.

6.4. Los ejercicios escritos lo estarán de tal modo que permitan su lectura por cualquier miembro del tribunal calificador, evitando la utilización de abreviaturas o signos no usuales en el lenguaje escrito, así como las faltas de ortografía.

6.5. El orden de actuación de los opositores se iniciará alfabéticamente con el primer aspirante cuyo primer apellido comience por la letra “B”, de conformidad con la Resolución de 31 de mayo de 2018, de la Dirección General de Función Pública (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 11 de junio).

6.6. El primer ejercicio podrá comenzar a partir del mes de abril de 2020, sin que, en ningún caso, puedan transcurrir más de dos meses entre la sesión de constitución del Tribunal Calificador y la celebración del mismo. A efectos del cómputo del plazo de los dos meses se entenderán excluidos los meses de julio y agosto y el periodo de tiempo transcurrido entre el 15 de diciembre y el 15 de enero del año siguiente.

La fecha y lugar exacto de celebración del primer ejercicio se determinarán en la Resolución por la que se aprueben las relaciones definitivas de aspirantes admitidos y excluidos del proceso selectivo correspondiente.

La publicación del anuncio de celebración del segundo y, en su caso, sucesivos ejercicios, así como la de la lista de aprobados/as de los mismos, se efectuará en los tablones de anuncios de las oficinas de asistencia en materia de registro, cuyas direcciones pueden consultarse en la página web: http://www.comunidad.madrid/servicios/información-atencion-ciudadano/red-oficinas-comunidad-madrid, y en cualquier otro lugar que el Tribunal considere conveniente para su mejor difusión entre los interesados, sin perjuicio de encontrarse, igualmente, disponible dicha información en la página web de la Comunidad de Madrid.

Séptima

Calificación de la oposición

7.1. Para la calificación de los ejercicios de la oposición el Tribunal se ajustará a lo previsto en la base decimotercera de la Orden 290/2018, de 27 de junio, y a lo establecido en la presente base.

7.1.1. Primer ejercicio:

Cada uno de los temas se calificará de cero a diez puntos, siendo necesario para superar el ejercicio obtener un mínimo de cinco puntos en cada tema.

La calificación final de este ejercicio será determinada mediante la media aritmética de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los temas, debiendo estar comprendida entre cero y diez puntos, siendo necesario para superarlo obtener un mínimo de cinco puntos.

7.1.2. Segundo ejercicio:

Se calificará de cero a diez puntos, siendo necesario para superarlo obtener un mínimo de cinco puntos.

7.1.3. Tercer ejercicio:

La puntuación máxima de este ejercicio será de cuarenta puntos y su calificación final vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en cada una partes que lo componen, atendiendo a la siguiente distribución:

— La primera parte de este ejercicio se calificará de cero a veinte puntos, siendo necesario para superarla obtener un mínimo de diez puntos.

— En la segunda parte de este ejercicio, cada una de las catalogaciones se calificará de cero a veinte puntos y será necesario para superarla obtener un mínimo de diez puntos en cada pieza catalogada. La calificación de esta parte será determinada mediante la media aritmética de las puntuaciones obtenidas en cada una de las catalogaciones, debiendo estar comprendida entre cero y veinte puntos, siendo necesario para superarla obtener un mínimo de diez puntos.

La calificación final de este ejercicio será determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en cada una de la partes que lo integran, estando comprendida entre cero y cuarenta puntos, siendo necesario para superarlo obtener un mínimo de veinte puntos, atendiendo a los términos dispuestos anteriormente.

7.2. Calificación final del proceso selectivo.

A efectos de la calificación final del proceso, el Tribunal se ajustará a lo previsto en la base decimocuarta de la Orden 290/2018, de 27 de junio, viniendo determinada aquélla por la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios que conforman la oposición, ordenándose a los aspirantes de forma decreciente, conforme a dicha calificación final.

En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a los siguientes criterios:

1.o Mayor calificación obtenida en el tercero, primero y segundo ejercicio, por este orden.

2.o De continuar el empate, se deshará mediante la celebración por parte del Tribunal de un sorteo público, que se anunciará con la suficiente antelación.

Octava

Lista de aprobados del proceso selectivo y acreditación del cumplimiento de requisitos

8.1. El Tribunal hará pública, en los términos dispuestos en la base decimocuarta de la Orden 290/2018, de 27 de junio, una relación con el/la aspirante que ha superado el proceso selectivo, indicando los siguientes extremos:

— Número de orden obtenido en el proceso selectivo, de acuerdo con la puntuación total alcanzada; Datos personales del aspirante en los términos dispuestos en la normativa de aplicación.

— Calificaciones obtenidas en cada ejercicio de la oposición.

— Calificación final.

8.2. En cuanto a la acreditación del cumplimiento de requisitos por parte del aspirante que hayan superado el proceso selectivo, se estará a lo dispuesto en las bases 14.6 a 14.10 de la Orden 290/2018, de 27 de junio.

Novena

Nombramiento de funcionarios/as de carrera y toma de posesión

Concluido el proceso selectivo, quienes lo hubieran superado y acreditado el cumplimiento de los requisitos exigidos, serán nombrados de acuerdo con lo establecido en la base decimoquinta de la Orden 290/2018, de 27 de junio, funcionarios de carrera Cuerpo de Técnicos y Diplomados Especialista, Escala Ayudante de Archivos, Bibliotecas y Museos, Especialidad Museos, Grupo A, Subgrupo A2, tomando posesión según lo previsto en la base decimosexta de la citada Orden.

Décima

Lista de espera para funcionarios/as interinos/as

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 del Decreto 50/2001, de 6 de abril, por el que se regulan los procedimientos de cobertura interina de puestos de trabajo reservados a personal funcionario en la Administración de la Comunidad de Madrid, y en la base decimoséptima de la Orden 290/2018, de 27 de junio, se procederá a la constitución y aprobación de una lista de espera, de personal funcionario interino del Cuerpo de Técnicos y Diplomados Especialistas, Escala de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos, Especialidad de Museos, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A2, de la Comunidad de Madrid, integrada por aquellos aspirantes que, habiendo aprobado algún ejercicio de la oposición, no superen el proceso selectivo, salvo que manifiesten expresamente su voluntad de no formar parte de dicha lista de espera.

El orden de los aspirantes en la lista vendrá determinado por la suma de las puntuaciones obtenidas en los ejercicios superados, de mayor a menor.

En caso de igualdad de puntuación se atenderá a los siguientes criterios:

1.o Mayor calificación obtenida en el tercero, primero y segundo ejercicio, por este orden.

2.o De continuar el empate, se deshará mediante el orden alfabético a partir de la letra prevista en la base 6.5 de la presente Orden.

Undécima

Recursos

Los actos administrativos que se deriven del presente proceso selectivo, así como las actuaciones del Tribunal Calificador, podrán ser impugnados en los casos y en la forma establecida en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponer con carácter potestativo recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante el Consejero de Hacienda y Función Pública, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre, o bien, directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, ambos plazos contados a partir del día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, significándose que en caso de interponer recurso de reposición no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.

Madrid, a 8 de noviembre de 2019.—El Consejero de Hacienda y Función Pública, PD (Orden de 20 de septiembre de 2019, de la Consejería de Hacienda y Función Pública; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 10 de octubre de 2019), el Viceconsejero de Hacienda, José Ramón Menéndez Aquino.

ANEXO

PROGRAMA CORRESPONDIENTE A LAS PRUEBAS SELECTIVAS PARA EL INGRESO EN EL CUERPO DE TÉCNICOS Y DIPLOMADOS ESPECIALISTAS, ESCALA DE AYUDANTE DE ARCHIVOS, BIBLIOTECAS Y MUSEOS, ESPECIALIDAD DE MUSEOS, DE ADMINISTRACIÓN ESPECIAL, GRUPO A, SUBGRUPO A2, DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Temario general

1. La Constitución Española de 1978: características, estructura, principios y valores fundamentales. De los derechos y deberes fundamentales. Los derechos fundamentales y su especial protección.

2. La organización territorial del Estado. Las Comunidades Autónomas y los Estatutos de Autonomía. La articulación del Estado de las Autonomías: distribución competencial y conflictos de competencias. La Administración de las Comunidades Autónomas. La Administración Local: provincias, municipios y otras entidades locales. La coordinación entre las distintas Administraciones Públicas.

3. El Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid: estructura y contenido. Las competencias de la Comunidad de Madrid: potestad legislativa, potestad reglamentaria y función ejecutiva.

4. La Asamblea de Madrid: composición, elección y funciones. Funcionamiento, órganos y estatuto de sus miembros. El procedimiento legislativo. La Ley de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid: estructura y contenido. El Gobierno de la Comunidad de Madrid: el Presidente y los Consejeros.

5. La Administración de la Comunidad de Madrid: organización y estructura básica de las Consejerías. La Administración Institucional de la Comunidad de Madrid. La Administración de Justicia en la Comunidad de Madrid.

6. La Unión Europea: Instituciones. El Derecho Comunitario: Fuentes, relación con el ordenamiento jurídico de los Estados miembros y participación de las Comunidades Autónomas en su aplicación.

7. Las fuentes del Derecho Administrativo. La Constitución. La Ley. Disposiciones del Ejecutivo con fuerza de ley. El Reglamento y los límites de la potestad reglamentaria.

8. La Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: objeto y ámbito de aplicación. Derechos de los ciudadanos en sus relaciones con las Administraciones Públicas. El procedimiento administrativo común: concepto, principios generales y fases del procedimiento. Los procedimientos administrativos especiales.

9. La legalidad administrativa. El acto administrativo: eficacia y validez, presunción de validez y eficacia, nulidad y anulabilidad. La revisión de los actos administrativos: la revisión de oficio. Los recursos administrativos. El recurso contencioso-administrativo.

10. La Ley de Régimen Jurídico del Sector Público: disposiciones generales, principios de actuación y funcionamiento del Sector Público. Funcionamiento electrónico del Sector Público.

11. La 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno: funciones. La Ley 10/2019, de 10 de abril, de transparencia y participación de la Comunidad de Madrid: Objeto y ámbito de aplicación, publicidad activa y derecho de acceso a la información pública. Participación y Colaboración ciudadana. Consejo de Transparencia y Participación de la Comunidad de Madrid. El Portal de Transparencia de la Comunidad de Madrid.

12. Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales: especialidades en el Sector Público. Reglamento General de Protección de Datos (RGPD): Definiciones. Principios. Legitimación para el tratamiento de datos personales. Derechos de los interesados. Obligaciones de los responsables y encargados. Delegado de protección de datos.

13. Los contratos administrativos. Clases. El expediente de contratación y su tramitación. Procedimientos y criterios de adjudicación. Ejecución y modificación de los contratos. Pago del precio. Extinción de los contratos: Cumplimiento y resolución.

14. El personal al servicio de las Administraciones Públicas. El texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. Clases de personal al servicio de las Administraciones Públicas. Situaciones administrativas. Derechos y deberes. Incompatibilidades. El régimen disciplinario. La pérdida de la condición de funcionario. El sistema de retribuciones. La promoción profesional de los funcionarios. La Ley de la Función Pública de la Comunidad de Madrid.

15. Hacienda Pública: Normativa básica. La Ley Reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid: Estructura y principios generales. Los presupuestos de la Comunidad de Madrid. El ciclo presupuestario.

16. El principio de igualdad entre mujeres y hombres. La tutela contra la discriminación. El marco normativo para la promoción de la igualdad de género y para la protección integral contra la violencia de género, la LGTBI fobia y la discriminación por razón de orientación e identidad sexual. Especial referencia a la Comunidad de Madrid.

Temario específico

Primera parte: Legislación específica y museología

17. La Constitución de 1978 y la cultura. El reparto competencial en materia de cultura. La legislación estatal sobre patrimonio: antecedentes y normativa actual.

18. Normativa estatal en materia de museos. El Reglamento de los Museos de Titularidad Estatal y del Sistema Español de Museos y la normativa autonómica actual en materia de museos: análisis comparado.

19. Legislación de la Comunidad de Madrid en materia de patrimonio y museos: Ley 3/2013, de 9 de julio, de Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid y Ley 9/1999, de Museos de la Comunidad de Madrid.

20. Niveles de protección jurídica del patrimonio histórico, en la legislación de la Comunidad de Madrid. Su régimen jurídico. Regímenes especiales de protección.

21. Tráfico de bienes culturales: movilidad y traslado geográfico de los bienes culturales dentro del territorio nacional. Importación y exportación. Tráfico jurídico: transacciones y cambio de propiedad de los bienes culturales.

22. Modos de adquisición de bienes culturales por las administraciones públicas.

23. Las medidas de fomento del patrimonio histórico español según la legislación vigente. El patrocinio y el mecenazgo: concepto, tipos y su incidencia en los museos. La garantía del Estado.

24. Normativa sobre propiedad intelectual. Los museos y la propiedad intelectual.

25. El concepto de museo: origen, evolución y actualidad de una institución cultural.

26. La noción de patrimonio. Nuevos usos y gestión del patrimonio: planes, musealizaciones, parques arqueológicos y centros de interpretación. Iniciativas en la Comunidad de Madrid.

27. Museos y colecciones de la Comunidad de Madrid: definición, funciones y organización.

28. La planificación en la gestión de las instituciones museísticas. La planificación estratégica y operativa. Herramientas de planificación.

29. Modelos de organización, gestión y financiación en los museos. La gestión de calidad en las instituciones museísticas.

30. Los recursos humanos en los museos: estructura, organización y perfiles profesionales. Ética y deontología en las instituciones museísticas.

31. Las colecciones museológicas. Principios generales, formas de ingreso y política de incremento. Aplicaciones museográficas para su gestión.

32. La documentación en el museo. Técnicas y procedimientos documentales en la gestión de las colecciones: registro, inventario y catalogación de fondos museísticos.

33. La conservación preventiva en los museos y exposiciones temporales. Principales factores de alteración.

34. Criterios para la conservación y restauración de las obras de arte contemporáneo. Conservación y restauración de obras sobre soporte de papel y soportes especiales, con especial incidencia en fotografía, estampa y ediciones múltiples.

35. Manipulación, embalaje y transporte de bienes culturales.

36. La seguridad en el museo: del análisis de riesgos a los planes de emergencia.

37. Concepción y desarrollo de la exposición permanente. Relato y estrategias comunicativas. Técnicas y recursos del montaje expositivo. Tendencias actuales en museografía.

38. Exposiciones temporales: definición, organización, comisariado, gestión y coordinación técnica. Evolución histórica y tendencias actuales. El papel de las exposiciones temporales en la estrategia del museo.

39. El público en el museo. Métodos y ámbitos de investigación. Resultados y aplicaciones en la formulación de las políticas de público. Estrategias dirigidas a la accesibilidad.

40. El museo como espacio de aprendizaje y agente de cambio social y desarrollo. La mediación cultural.

41. La comunicación en el museo: principios, estrategias y canales en la era digital. Nuevas presencias, usuarios y modos de relación.

42. Los museos y el turismo cultural.

43. El Mercado de bienes culturales. Ferias, bienales y otros foros de promoción del arte contemporáneo, nacionales e internacionales.

Segunda parte: Patrimonio artístico, arqueológico, antropológico, musical y artes decorativas

Bloque I. Patrimonio artístico

44. Las artes figurativas en la Edad Media.

45. La pintura española del siglo XVI. Relación con la pintura europea. Los pintores de la Corte.

46. La escultura española en los siglos XVI y XVII, con especial referencia a la Corte.

47. La pintura barroca en España. Principios teóricos, temas dominantes y recursos formales.

48. Los programas decorativos de la corte y de las instituciones religiosas, en los siglos XVI, XVII y XVIII.

49. Goya y su siglo.

50. Romanticismo y realismo en España. La colección Madrazo de la Comunidad de Madrid.

51. La arquitectura en el siglo XX y en el siglo XXI, con especial referencia a edificios en la Comunidad de Madrid.

52. El dibujo y el grabado en España. Historia y técnicas. Estampa española contemporánea.

53. Historia de la fotografía. La fotografía en España hasta 1939. Principales archivos y colecciones conservados en la Comunidad de Madrid.

54. La fotografía en España de 1939 a la actualidad.

55. Las vanguardias artísticas europeas y la contribución de los artistas españoles.

56. Picasso. El Museo Picasso Colección-Eugenio Arias.

57. Las manifestaciones artísticas en el siglo XXI.

58. Arte y género en España.

59. Los museos de arte contemporáneo en España. El CA2M Centro de Arte Dos de Mayo de la Comunidad de Madrid.

Bloque II. Patrimonio arqueológico

60. Museo Arqueológico Regional de la Comunidad de Madrid.

61. El desarrollo teórico y metodológico de la arqueología. Métodos de prospección y excavación arqueológica.

62. El paleolítico en la Comunidad de Madrid.

63. El Neolítico y el Calcolítico en la Comunidad de Madrid.

64. La Edad del Bronce en la Comunidad de Madrid.

65. La Edad del Hierro en la Comunidad de Madrid.

66. La llegada de Roma a la meseta. El impacto de la conquista y la formación de las grandes ciudades: Complutum y otros hábitats urbanos.

67. El patrimonio arqueológico medieval islámico y judío en la Comunidad de Madrid.

68. El patrimonio arqueológico medieval cristiano en la comunidad de Madrid.

69. Arqueología de la Edad Moderna en la Comunidad de Madrid.

70. Arqueología de la Edad Contemporánea en la Comunidad de Madrid. Arqueología de la Guerra Civil Española.

71. Arqueología industrial en la Comunidad de Madrid.

Bloque III. Patrimonio antropológico, musical y artes decorativas

72. El patrimonio cultural de la Comunidad de Madrid: valores etnológicos y etnográficos.

73. El Centro de Interpretación de Nuevo Baztán.

74. Espacio y Vida doméstica en la España preindustrial. Mobiliario y equipamiento.

75. Los valores patrimoniales del ciclo vital y los ritos de transición en la Comunidad de Madrid.

76. El ciclo festivo anual en la Comunidad de Madrid. Antropología de la fiesta. Fiestas populares de la Comunidad de Madrid.

77. La religiosidad popular. Evolución e identificación de valores patrimoniales. Romerías y santuarios en la Comunidad de Madrid.

78. El Patrimonio cultural inmaterial en la Comunidad de Madrid.

79. Antropología de la música popular. Consideraciones socioculturales del repertorio tradicional español.

80. El Museo del Real Conservatorio Superior de Música de Madrid. Instrumentos musicales en la colección. Documentación y Conservación. El legado Sarasate.

81. Vida cotidiana en la Edad Moderna en España. Ornamentación y amueblamiento.

82. Las manufacturas reales. La Real Fábrica del Buen Retiro y la Real Fábrica de Vidrio de la Granja.

83. La cerámica en España. Principales centros de producción y características.

84. Indumentaria y joyería tradicionales en España. Usos y tipologías.

85. Historia de la indumentaria española desde el renacimiento hasta el siglo XX.

86. El Museo Casa Natal de Cervantes de Alcalá de Henares.

87. La Casa Museo Lope de Vega de Madrid.















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