Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 296

Fecha del Boletín 
13-12-2019

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20191213-58

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 92

58
Madrid número 92. Procedimiento 981/2017

EDICTO

En este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario 981/2017 entre Caixabank, S. A., y don Arnaldo Ulises Figueroa León, en cuyos autos se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia número 171/2019

En Madrid, a 24 de septiembre de 2019.—Vistos por la ilustrísima señora doña María del Mar Ilundain Minondo, magistrada titular del Juzgado de primera instancia número 92 de Madrid, los presentes autos de juicio ordinario número 981/17, seguidos ante este Juzgado por Caixabank, S. A., representada por la procuradora doña Beatriz Ruano Casanova y asistida por el letrado don Ignacio Gallardo García de la Rasilla, frente a don Arnaldo Ulises Figueroa León.

Fallo

Que, estimando en parte la demanda formulada por Caixabank, S. A., frente a don Arnaldo Ulises Figueroa León:

1. Declaro la resolución del contrato de crédito hipotecario convenido por las partes.

2. Condeno al deudor al pago de la cantidad de 224.286,50 euros, con los intereses establecidos en el artículo 576 de la LEC desde la sentencia hasta el completo pago.

3. Declaro que dichas cantidades podrán realizarse en ejecución de sentencia con cargo a la garantía hipotecaria otorgada a favor de la actora sobre la finca hipotecada, sin perjuicio de cuantas otras posibles medidas ejecutivas puedan solicitarse y acordarse en ejecución de sentencia.

4. Sin hacer expresa condena al pago de las costas procesales.

Contra la presente sentencia cabe recurso de apelación que se interpondrá en plazo de veinte días desde su notificación.

Y para que sirva de notificación a don Arnaldo Ulises Figueroa León, expido y firmo la presente en Madrid, a 14 octubre de 2019.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(02/39.321/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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