Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 295

Fecha del Boletín 
12-12-2019

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20191212-114

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 23

114
Madrid número 23. Procedimiento 708/2018

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. ARACELI CRESPO PASCUAL LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA del Juzgado de lo Social nº 23 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 708/2018 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. MHAMED EL YOUSFI frente a TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (TGSS), SILCA INGENIERIA SL, D./Dña. FOGASA, FRATERNIDAD MUPRESPA MUTUA COLABORADORA CON LA SEGURIDAD SOCIAL Nº 275 y INSTITUTO NACIONAL DE SEGURIDAD SOCIAL sobre Seguridad social se ha dictado la siguiente resolución:

FALLO

Que ESTIMANDO PARCIALMENTE la demanda formulada por D. Mhamed El Youssfi frente a Silca Ingeniería, S.L., el Instituto Nacional de la Seguridad Social, la Tesorería General de la Seguridad Social y la Fraternidad Muprespa, Mutua Colaboradora con la Seguridad Social, declaro la responsabilidad directa de Silca Ingeniería, S.L., en el abono al demandante de la cantidad de 5.336,35 euros, en concepto de prestación por incapacidad temporal correspondiente al período comprendido entre las fechas 1 de mayo a 11 de octubre de 2017, y, en consecuencia, condeno a la cita empresa a su pago, así como al anticipo de la misma por Fraternidad-Muprespa, sin perjuicio de su derecho de repetición y de la responsabilidad subsidiaria del INSS/TGSS para el caso de insolvencia de la Mutua.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a SILCA INGENIERIA SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto ,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a dieciséis de octubre de dos mil diecinueve.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/39.962/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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