Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 277

Fecha del Boletín 
21-11-2019

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20191121-44

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE CUBAS DE LA SAGRA

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

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Cubas de la Sagra. Organización y funcionamiento. Delegación funciones

El señor alcalde, con fecha 5 de noviembre de 2019, ha dictado la Resolución número 901 de 2019, que copiada literalmente dice así:

“El Decreto de Alcaldía 2019-0590, de fecha 25 de junio de 2019, venía a establecer las delegaciones genéricas, por áreas o materias específicas en los distintos concejales. Posteriormente, el Decreto de Alcaldía 2019-0691, de 24 de julio, realiza una modificación de concejalías por razón de la renuncia presentada por uno de los concejales del equipo de gobierno. Con el objeto de conseguir una mayor eficiencia en la tramitación y concesión de los procedimientos administrativos para el otorgamiento de todo tipo de licencias, se hace necesario realizar una ampliación de las materias a delegar en la Concejalía de Licencias.

En uso de las facultades que me confieren los artículos 21.3 y 23.4 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y de conformidad con los artículos 43, 44, 45 y 51 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales,

RESUELVO

Primero.—Delegar en la Concejalía de Licencias la facultad de dictar actos frente a terceros, para todos aquellos actos de trámite que no sean finalizadores del procedimiento y la concesión de las siguientes licencias:

— Obra menor y escasa entidad.

— Licencias ambientales, apertura e instalación.

— Licencias de tala y poda.

— Licencia de animales potencialmente peligrosos, así como su inscripción en el Registro de animales potencialmente peligrosos.

— Utilización de espacios públicos.

— Tarjetas de estacionamiento.

— Autorizaciones de venta ambulante, mercadillos.

Segundo.—Notificar la presente resolución a las personas designadas a fin de que presente la aceptación de tales cargos, debiendo manifestar, en su caso, la renuncia a los mismos, por escrito, ante esta Alcaldía. Se considerará aceptada tácitamente, salvo manifestación expresa.

Tercero.—Las delegaciones conferidas serán efectivas desde el día siguiente a la fecha de la presente resolución.

Cuarto.—Remitir la presente resolución al BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID para su publicación en el mismo.

Quinto.—Dar cuenta de la presente Resolución en la primera sesión ordinaria que celebre el Pleno, así como comunicarlo, en extracto, a la Administración Estatal y Autonómica, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 56 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local”.

Cubas de la Sagra, a 6 de noviembre de 2019.—El alcalde, Antonio Naranjo Martín.

(03/37.708/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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