Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 275

Fecha del Boletín 
19-11-2019

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20191119-43

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 3

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Madrid número 3. Procedimiento 647/2018

EDICTO

Doña Carmen Salgado Suárez, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 3 de Madrid.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 647/2018 instados por la procuradora doña Beatriz Pérez-Urruti Iribarren, en nombre y representación de Santander Consumer EFC, S. A., contra doña Lizeth Martilin Rivera Arias y don Juan Rodrigo Chango Chimborazo, en los que se ha dictado en fecha 16 de septiembre de 2019, sentencia, cuyo fallo es el siguiente:

“Fallo

Estimo en parte la demanda formulada por la procuradora doña Beatriz Pérez-Urruti Iribarren, en nombre y representación de Santander Consumer EFC, S. A., contra don Juan Rodrigo Chango Chimborazo y doña Lizeth Martilin Rivera Arias, en su virtud:

1. Declaro que los demandados adeudan a la actora la cantidad de 14.286,21 euros, en concepto de principal, por el importe nominal vencido e impagado y anticipadamente vencido, condenándoles a su pago.

2. Asimismo, les condeno a abonar los intereses legales de las cantidades vencidas e impagadas desde el día de la interposición de la demanda hasta que se produzca el pago.

3. E igualmente a abonar, sobre el capital anticipadamente vencido (657,81 euros), el tipo de interés ordinario remuneratorio fijado en el contrato (8,4999 por 100 nominal anual), contado desde el día siguiente a la interposición de la demanda hasta que se produzca el pago.

4. Ello sin hacer imposición de costas, debiendo cada parte abonar las causadas a su instancia.

Notifíquese la presente resolución a las partes haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer, en el término de veinte días, recurso de apelación ante este Juzgado para su resolución por la Audiencia Provincial de Madrid, justificando al hacerlo haber depositado la suma de 50,00 euros en la cuenta de consignaciones del Juzgado.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en esta primera instancia, la pronuncio, mando y firmo”.

En atención al desconocimiento del actual domicilio de los demandados doña Lizeth Martilin Rivera Arias y don Juan Rodrigo Chango Chimborazo, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este Tribunal.

En Madrid, a 17 de septiembre de 2019.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(02/37.282/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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