Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 274

Fecha del Boletín 
18-11-2019

Sección 1.2.220.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20191118-19

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

UNIVERSIDAD REY JUAN CARLOS

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RESOLUCIÓN de 7 de noviembre de 2019, de la Universidad Rey Juan Carlos, por la que se modifica las bases de la convocatoria del proceso selectivo para cubrir, mediante nombramiento interino, plazas correspondientes a la Escala Auxiliar Administrativa de la Universidad Rey Juan Carlos y constituir una bolsa de empleo para nombramientos temporales de funcionarios interinos de la citada Escala.

En aplicación del artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se procede a la modificación de la base 5.2 de la convocatoria del proceso selectivo para cubrir, mediante nombramiento interino, plazas correspondientes a la Escala Auxiliar Administrativa de la Universidad Rey Juan Carlos, y la constitución de una bolsa de empleo para el nombramiento temporal de funcionarios interinos por Resolución de la Universidad Rey Juan Carlos, de 1 de agosto de 2019 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 2 de septiembre), en los términos siguientes:

Base 5. Procedimiento de selección

5.2. La valoración de los méritos se realizará de la forma siguiente, tomando como fecha de referencia la del fin del plazo de presentación de solicitudes:

5.2.1. Experiencia profesional:

Donde dice:

«Servicios prestados: Se valorarán los servicios prestados como funcionario interino en Cuerpos o Escalas de Auxiliar Administrativo o similar (correspondientes al Subgrupo C2 y la Especialidad de Administración), o como personal laboral con funciones equivalentes, de acuerdo con la siguiente Escala:

— En universidades públicas: 0,010 puntos por día trabajado.

— En otras administraciones: 0,008 puntos por día trabajado.

— En otras empresas o entidades: 0,006 puntos por día trabajado».

Debe decir:

«Servicios prestados: Se valorarán los servicios prestados como funcionario en Cuerpos o Escalas de Auxiliar Administrativo o similar (correspondientes al Subgrupo C2 y la Especialidad de Administración), o como personal laboral con funciones equivalentes, a razón de 0,010 puntos por día trabajado».

Se abre un nuevo plazo de presentación de solicitudes de veinte días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación de la presente Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con los mismos requisitos y procedimiento que figuran en las bases de la convocatoria.

Aquellos interesados que en el plazo inicial hayan presentado solicitud no deberán presentar una nueva.

Aquellos interesados que en el plazo inicial hayan presentado solicitud, y deseen presentar documentación complementaria acreditativa de los méritos alegados, pueden hacerlo.

La presente Resolución pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, en el plazo de un mes, o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, ambos plazos contados a partir del día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en la Ley 29/1988, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, significándose que, en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.

Madrid, a 7 de noviembre de 2019.—El Rector, PD (Resolución de 20 de febrero de 2018; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 5 de marzo), el Gerente General, Luis J. Mediero Oslé.

(03/37.580/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.220.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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