Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 270

Fecha del Boletín 
13-11-2019

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20191113-85

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 11

85
Madrid número 11. Procedimiento 239/2018

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. ENCARNACION GUTIERREZ GUÍO LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 11 de Madrid. HAGO SABER:

Que en el procedimiento 239/2018 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. EVA FERNANDEZ SANTAMARIA frente a FOGASA y D./Dña. JAVIER LORA GARCIA sobre Despidos / Ceses en general se ha dictado la siguiente resolución:

DILIGENCIA.- En Madrid, a tres de octubre de dos mil diecinueve.

La extiendo yo, el/la Letrado/a de la Admón. de Justicia, para hacer constar que, en fecha 3 de octubre de 2019 no comparece D./Dña. EVA FERNANDEZ SANTAMARIA a pesar de estar citada en forma , compareciendo su letrado D. IÑIGO NUÑEZ DE VILLAVICENCIO COLEGIADO Nº42575. Doy fe.

NÚMERO RESOLUCIÓN: 635/19

DECRETO

En Madrid, a tres de octubre de dos mil diecinueve.

HECHOS

PRIMERO.- El presente proceso ha sido promovido por D./Dña. EVA FERNANDEZ SANTAMARIA , figurando como parte demandada FOGASA y D./Dña. JAVIER LORA GARCIA , sobre Reclamación de Cantidad, habiéndose citado a las partes.

SEGUNDO.- Que por la parte demandante no ha comparecido al acto señalado para el dia de hoy , a pesar de estar citada en forma.

RAZONAMIENTOS JURÍDICOS

ÚNICO.- El desistimiento por parte del actor o actores, en el proceso laboral es un acto unilateral de la parte demandante, que produce la terminación del proceso. Procede tener a/los demandante/s por desistido/s de su demanda (articulo 20.2 L.E.C.)

PARTE DISPOSITIVA

Se acuerda tener por desistida a la parte actora D./Dña. EVA FERNANDEZ SANTAMARIA de la acción ejercitada en este procedimiento y ordenar el archivo de las presentes actuaciones, previa baja en el libro correspondiente.

MODO DE IMPUGNACION: Contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en el plazo de TRES DIAS desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social, ingresar la cantidad de 25 Euros, dicho depósito habrá de realizarse mediante el ingreso de su importe en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado en la entidad BANCO DE SANTANDER IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274 número 2509-0000-61-0239-18.

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.

El/ LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

D./Dña. ENCARNACION GUTIERREZ GUÍO

DILIGENCIA.- Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 L.R.J.S. .Doy fe.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a D./Dña. JAVIER LORA GARCIA, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto ,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a nueve de octubre de dos mil diecinueve.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/35.189/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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