Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 270

Fecha del Boletín 
13-11-2019

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20191113-38

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE CAMPO REAL

RÉGIMEN ECONÓMICO

38
Campo Real. Régimen económico. Modificación presupuestaria

A los efectos de lo dispuesto en el artículo 179.4 del Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, que aprueba el texto refundido de la Ley de Haciendas Locales, el cual se remite a los artículos 169, 170 y 171 de la misma Ley, y artículo 20.1 al que se remite el artículo 38.2 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se pone en conocimiento general que en la intervención de esta Entidad local se halla expuesto al público el expediente de modificación de créditos al presupuesto prorrogado 2018, para el ejercicio 2019, número 1/2019, modalidad: crédito extraordinario y suplemento de créditos, financiado con nuevos ingresos, transferencias de otras aplicaciones presupuestarias de gastos y mayores ingresos de los presupuestados, aprobado inicialmente en sesión plenaria celebrada el día 28 de octubre de 2019.

Los interesados que estén legitimados según lo dispuesto en el artículo 170.1 del texto refundido de la Ley de Haciendas Locales citado a que se ha hecho referencia, y por los motivos taxativamente enumerados en el número 2 de dicho artículo 170, podrán presentar reclamaciones con sujeción a los siguientes trámites:

a) Plazo de exposición y admisión de reclamaciones: quince días hábiles a partir del siguiente a la fecha de inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

b) Oficina de presentación: Registro general.

c) Órgano ante el que se reclama: Ayuntamiento Pleno.

En Campo Real, a 31 de octubre de 2019.—El alcalde, Felipe Moreno Morera.

(03/36.742/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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