Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 269

Fecha del Boletín 
12-11-2019

Sección 3.10.20F: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20191112-29

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE FUENLABRADA

RÉGIMEN ECONÓMICO

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Fuenlabrada. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones

Extracto de acuerdo de Junta de Gobierno Local de 31 de octubre de 2019 (Pto. 12) por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para la participación en la Cabalgata 2020.

BDNS IDENTIF. 480247

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la Convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.

Primero.—Serán destinatarias entidades inscritas en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas.

Segundo.—Las ayudas se conceden en función de las necesidades de las entidades, con el siguiente detalle:

— Asociaciones que precisan grúa: 900,00 euros.

— Asociaciones que no precisan grúa: 1.200,00 euros.

Dentro de este programa, el Ayuntamiento de Fuenlabrada dispone de carpas suficientes para proporcionar un espacio para la construcción de carrozas limitado a 32 entidades. Estos espacios se asignarán por orden de registro hasta completar los 32 huecos disponibles.

Tercero. Bases reguladoras.—La ordenanza reguladora de subvenciones del Ayuntamiento de Fuenlabrada se encuentra publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 11 de marzo de 2005, así como en la página web municipal.

Cuarto.—El Ayuntamiento de Fuenlabrada destinará para ello una aportación económica total de 43.000,00 euros, distribuida en dos ejercicios presupuestarios:

— Ejercicio 2019: 30.000,00 euros.

— Ejercicio 2020: 13.000,00 euros.

Quinto.—El plazo de presentación de solicitudes se establece durante diez días hábiles, desde la publicación de este extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en el Registro General del Patronato Municipal de Cultura. Se deberá acompañar de la siguiente documentación:

1. Solicitud de participación.

2. Modelo de declaración responsable del cumplimiento de las obligaciones para la obtención de la condición de beneficiario (anexo 1).

Sexto.—El reparto se realizará en principio a todas las entidades que soliciten su participación y puedan realizarla. Para ello, se procederá a la ampliación del crédito inicialmente aprobado, siempre que exista disponibilidad presupuestaria para ello.

Séptimo.—Se realizará el pago anticipado del 70 por 100 de la subvención.

Octavo.—Se consideran gastos subvencionables todos los relacionados con los materiales necesarios para la construcción de las carrozas incluido el alquiler de los grupos electrógenos, y para las entidades que no precisan grúa, el alquiler de vehículos, así como los gastos de vestuario de los figurantes. El importe mínimo a justificar en el concepto “Construcción e iluminación” asciende a 630,00 euros.

Noveno.—Se presentará en el Registro del Patronato de Cultura una cuenta justificativa simplificada con anterioridad al 16 de enero de 2020.

Fuenlabrada, a 5 de noviembre de 2019.—El alcalde-presidente, Francisco Javier Ayala Ortega.

(03/37.059/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20F: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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