Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 266

Fecha del Boletín 
08-11-2019

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20191108-89

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 4

89
Madrid número 4. Procedimiento 1181/2019

EDICTO

D./DÑA. PEDRO JOSÉ HERNÁNDEZ GALLEGO LETRADO/A DE LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE INSTRUCCIÓN N” 04 DE MADRID.

DOY FE Y TESTIMONIO: Que en el juicio sobre delitos leves n° 1181/2019 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y fallo dice:

SENTENCIA N.o 231/2019

Ilmo Sr MAGISTRADO- JUEZ: D. MARCELINO SEXMERO IGLESIAS.

Lugar: Madrid.

Fecha: cuatro de junio de dos mil diecinueve.

Vistos por mí, MARCELINO SEXMERO IGLESIAS, Ilmo. Sr MAGISTRADO-JUEZ de este Juzgado de Instrucción no 4 de Madrid, los presentes autos de Juicio sobre Delito Leve n° 1181/2019, contra VANESA MUÑOZ FERNANDEZ, en los que ha sido parte el Ministerio Fiscal, en virtud de las facultades que me han sido dadas por la Constitución y en nombre de S. M. El Rey, dicto la siguiente sentencia.

FALLO

Que debo condenar y condeno a VANESA MUÑOZ FERNÁNDEZ como autor responsable de un delito leve de hurto en grado de tentativa, tipificada en el artículo 234.2, del Código Penal a la pena de 20 días de multa, con una cuota diaria de 4 euros por día de sanción, condenándole también al pago de las costas procesales.

Hágase entrega definitiva de los efectos a la propiedad.

Si no se satisface/n la multa voluntariamente o por vía de apremio, el condenado quedará sujeto a una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas, que podrá cumplirse en régimen de localización permanente.

Notifiquese la presente resolución a las partes con la advertencia de que no es firme y cabe interponer recurso de apelación dentro de los cinco días siguientes a su notificación, ante este Juzgado, por escrito y en la forma prevista en los artículos 790 a 792 de la Ley de

Enjuiciamiento Criminal De mostrar conformidad con la sentencia, se le requiere para que en el plazo de diez días haga efectiva la multa impuesta mediante ingreso o transferencia al Banco Santander (0049), oficina 6748 y cuenta 2464¬0000-A1-1181-19.

Así, por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a D./Dña. VANESA MUÑOZ FERNANDEZ, actualmente en paradero desconocido, y su publicacion en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente.

En Madrid, a 8 de octubre de 2019.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

(03/34.987/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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