Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 266

Fecha del Boletín 
08-11-2019

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20191108-156

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 34

156
Madrid número 34. Procedimiento 1034/2018

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. Fernando Benítez Benítez letrado/a de la Admón. de Justicia del Juzgado de lo Social nº 34 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento 1034/2018 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. JAIME GUILLEN COLLADO frente a FOGASA y DIGITAL NOVAEMUSIK SL sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado la siguiente resolución :

SENTENCIA NUM. 282/2019

En la Villa de Madrid, a veintisiete de Septiembre de dos mil diecinueve.

Vistos los presentes autos por DON ANTONIO SEOANE GARCIA, Magistrado titular del Juzgado de lo Social núm. 34 de Madrid y su circunscripción territorial, instados por DON JAIME GUILLEN COLLADO contra digital NOVAEMUSIK SOCIEDAD LIMITADA habiendo sido emplazado el FONDO DE GARANTIA SALARIAL, en Reclamación de Cantidad a sustanciar por la Modalidad procesal ordinaria ha procedido a dictar la presente Sentencia.

FALLO que debo estimar parcialmente la demanda interpuesta por DON JAIME GUILLEN COLLADO contra DIGITAL NOVAEMUSIK SOCIEDAD LIMITADA habiendo sido emplazado el FONDO DE GARANTIA SALARIAL y, en su virtud, CONDENAR a dicha Mercantil a que abone a la parte demandante el importe de CINCUENTA Y CINCO EUROS CON CUARENTA Y OCHO CENTIMOS DE EURO por los conceptos de la demanda. Más los intereses moratorios en la forma y cuantía que se establece en el Fundamento de Derecho tercero de esta resolución.

Se notifica esta Sentencia a las partes con la advertencia de que es firme y contra ella no cabe interponer Recurso alguno.

Por esta Sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a DIGITAL NOVAEMUSIK SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid y tablón de anuncios del Juzgado.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto ,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid a uno de octubre de dos mil diecinueve.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/34.548/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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