Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 256

Fecha del Boletín 
28-10-2019

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20191028-68

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE ALCALÁ DE HENARES NÚMERO 5

68
Alcalá de Henares número 5. Procedimiento 450/2018

EDICTO

En este Juzgado de primera instancia número 5 de Alcalá de Henares se siguen autos de procedimiento ordinario número 450/2018, en materia de contratos en general, en los que se ha dictado resolución, cuyo texto literal es el siguiente:

Decreto

El letrado de la Administración de Justicia, señor don Efraín Fernández Martínez.—En Alcalá de Henares, a 16 de mayo e 2018.

Antecedentes de hecho:

Primero.—El procurador don Jacobo García García, en nombre y representación de Santander Consumer EFC, S. A., según acredita con el poder que acompaña, ha presentado demanda de juicio ordinario, señalando como parte demandada a don Eduard Ciobanu y doña María Ileana Ciobanu, y acompañando la documentación pertinente.

Segundo.—Expresa el actor que la cuantía de la demanda es la de 18.015,48 euros.

(...)

Parte dispositiva:

Se acuerda:

Admitir a trámite la demanda y documentación presentada por el procurador don Jacobo García García, en nombre y representación de Santander Consumer EFC, S. A., frente a don Eduard Ciobanu y doña María Ileana Ciobanu, sobre contratos en general, sustanciándose el proceso por las reglas del juicio ordinario.

Emplazar a la parte demandada con traslado de la demanda y documentación acompañada, para que la contesten en el plazo de veinte días hábiles, con las siguientes prevenciones:

Apercibir a la parte demandada de que, si no comparece dentro del plazo indicado, se le declarará en situación de rebeldía procesal (artículo 496.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

Advertir a la parte demandada de que la comparecencia en juicio debe realizarse por medio de procurador y con asistencia de abogado (artículos 23 y 31 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

(...)

Contra la resolución que se notifica cabe recurso de reposición ante el letrado de la Administración de Justicia, mediante escrito presentado en el plazo de cinco días, contados desde el día siguiente de la notificación, expresando la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá la impugnación (artículos 451 y 452 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

Lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

En virtud de lo acordado en los autos de referencia, y por estar en ignorado paradero doña María Ileana Ciobanu y don Eduard Ciobanu, por resolución de fecha 12 de junio de 2018, de conformidad con lo dispuesto en loa artículos 156.4 y 164 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado la publicación del presente edicto en el tablón de anuncios del Juzgado y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, a fin de que sirva de notificación y emplazamiento.

En Alcalá de Henares, a 4 de octubre de 2019.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(02/34.824/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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