Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 250

Fecha del Boletín 
21-10-2019

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20191021-240

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE ALICANTE NÚMERO 6

240
Alicante número 6. Ejecución 115/2019

EDICTO

Dª. YOLANDA TERESA CULIAÑEZ RIVES, LETRADA DE LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 6 DE ALICANTE.

HAGO SABER: Que en este Juzgado, se siguen Autos núm. 000642/2017, Ejecución núm. 000115/2019 a instancias de SARAI GONZALEZ GARCIA contra UCS SUNRISE CAFE SL en la que el día 24/09/2019 se ha dictado auto cuya parte dispositiva dice:

“DISPONGO: Despachar orden general de ejecución de sentencia firme a favor de la parte ejecutante, SARAI GONZALEZ GARCIA, frente a UCS SUNRISE CAFE SL, parte ejecutada,, por importe de 3083,65 euros, de principal, más la cantidad de 154 euros, calculados para intereses, y otros 308 euros presupuestados para costas.

Notifíquese la presente resolución, en legal forma, a las partes, haciéndoles saber que contra esta resolución cabe interponer recurso de reposición ante este Juzgado en el plazo de tres días siguientes a su notificación, siendo requisito indispensable para su admisión que la parte que no ostente el carácter de trabajador o beneficiario del Régimen Público de la Seguridad Social y no goce del beneficio de justicia gratuita, acredite haber consignado depósito por importe de 25 euros en la Cuenta de Consignaciones que este Juzgado mantiene abierta en la entidad BANCO SANTANDER con número 0116 0000 65 0642 17 indicando en el concepto Recurso Social/Reposición.”

Y Decreto de ejecución de la misma fecha cuya parte dispositiva dice literalmente:

“ACUERDO:

Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora para que en QUINCE DIAS puedan designar la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba, advirtiéndoles que de no ser así se procederá a dictar decreto de insolvencia provisional en la presente ejecución.

Notifíquese la presente resolución, en legal forma, a las partes, haciéndoles saber que contra esta resolución cabe interponer recurso de reposición ante este Juzgado en el plazo de tres días siguientes a su notificación, sin que la interposición de dicho recurso tenga efectos suspensivos.”

Y para que sirva de notificación a UCS SUNRISE CAFE SL que se encuentra en ignorado paradero, con la advertencia expresa de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o de decreto cuando ponga fin al proceso o resuelva un incidente, o cuando se trate de emplazamiento; expido el presente en Alicante, a veinticuatro de septiembre de dos mil diecinueve.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/32.410/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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