Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 248

Fecha del Boletín 
18-10-2019

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20191018-69

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 93

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Madrid número 93. Procedimiento 319/2017

EDICTO

D. ENRIQUE CILLA CALLE, Letrado de la Admón. de Justicia del Juzgado de primera instancia n° 93.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento Familia. Modificación de medidas supuesto contencioso número 319/2017, entre D./Dña. PAULA ANDREA JARAMILLO PATIÑO y D./Dña. ANTONIO CARLOS DUARTE HUERTAS, en cuyos autos se ha dictado en fecha 18 de septiembre 2019, sentencia cuyo fallo es el siguiente:

FALLO

Estimar la demanda interpuesta por la representación procesal de DOÑA PAULA ANDREA JARAMILLO PATIÑO contra DON ANTONIO CARLOS DUARTE HUERTAS, modificando las medidas definitivas relativas al ejercicio de la patria potestad y régimen de visitas para el progenitor no custodio, adoptadas en la sentencia de regulación de relaciones paternofiliales, dictada en fecha 8 de julio de 2014 por el Juzgado de Violencia sobre la Mujer n° 5 de Madrid, respecto del menor Sebastián Duarte Jaramillo, nacido el 12 de enero de 2013, acordando en su lugar las siguientes:

1.a Se atribuye en exclusiva a D.a Paula Andrea Jaramillo Patirio el ejercicio exclusivo de la patria potestad sobre el menor.

2.a Queda suspendido el régimen de visitas y comunicación previsto en la cláusula cuarta del convenio regulador homologado por la citada sentencia.

No ha lugar a imposición de costas.

Líbrese testimonio de la presente resolución para su unión a los autos principales y llévese el original al libro de sentencias de este Juzgado. Notifíquese a las partes y al ministerio fiscal.

Esta resolución no es firme; contra la misma cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días, ante este Juzgado, para su resolución por la Ilma. Audiencia Provincial de Madrid (artículos 458 y siguientes de la L.E.Civil), previa constitución de un depósito de 50 euros, en la cuenta de esta Oficina Judicial de la cuenta general de Depósitos y Consignaciones abierta en Banco Santander.

Si las cantidades van a ser ingresadas por transferencia bancaria, deberá ingresarlas en la cuenta número IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274, indicando en el campo beneficiario Juzgado de primera instancia n° 93 de Madrid, y en el campo observaciones o concepto se consignarán los siguientes dígitos

No se admitirá a trámite ningún recurso cuyo depósito no esté constituido (L.O. 1/2009 Disposición Adicional 15).

Así, por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.—El magistrado-juez.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado D. ANTONIO CARLOS DUARTE HUERTAS y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este Tribunal.

Madrid, a veintitrés de septiembre de dos mil diecinueve.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/33.596/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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