Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 248

Fecha del Boletín 
18-10-2019

Sección 1.3.109.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20191018-19

Páginas: 6


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE POLÍTICAS SOCIALES, FAMILIAS, IGUALDAD Y NATALIDAD

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RESOLUCIÓN 4351/2019, de 26 de septiembre, de la Directora General de Servicios Sociales e Innovación Social, por la que se resuelve la convocatoria de subvenciones a entidades de iniciativa social sin ánimo de lucro para acciones dirigidas a la realización de proyectos de integración definidos en la Ley 15/2001, de Renta Mínima de Inserción en la Comunidad de Madrid, con cargo a los presupuestos del año 2019 y cofinanciadas al 50 por 100 por el Fondo Social Europeo.

La Directora General de Servicios Sociales e Innovación Social, de conformidad con lo dispuesto en la Orden 590/2019, de 23 de abril, de la Consejería de Políticas Sociales y Familia, por la que se convocan subvenciones a entidades de iniciativa social sin ánimo de lucro para acciones dirigidas a la realización de Proyectos de Integración definidos en la Ley 15/2001 de Renta Mínima de Inserción en la Comunidad de Madrid, con cargo a los presupuestos del año 2019 y cofinanciadas al 50 por 100 por el Fondo Social Europeo, y en la Orden 1425/2016, de 1 de septiembre, mediante la que se aprobaron sus bases reguladoras, modificada por la Orden 1302/2017, de 2 de agosto, y por la Orden 62/2019 de 30 de enero, y vista la propuesta realizada por el órgano instructor de las citadas subvenciones,

RESUELVE

Conceder a las entidades que figuran relacionadas en el Anexo I de esta Resolución, subvenciones por los conceptos y cuantías que en el mismo se indican.

Denegar la subvención solicitada a las entidades recogidas en el Anexo II de esta Resolución por las causas que en el mismo se indican.

Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición en el plazo de un mes o recurso extraordinario de revisión, en los términos y plazos establecidos en los artículos 123, 124, 125 de la Ley 39/2015, de 1 octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, ante el Consejero de Políticas Sociales, Familias, Igualdad y Natalidad de la Comunidad de Madrid. Podrá interponerse también recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid. Todos los plazos deberán ser contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución de concesión en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 26 de septiembre de 2019.—La Directora General de Servicios Sociales e Innovación Social, María Gemma Gallardo Pérez.









(03/33.972/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.109.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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