Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 248

Fecha del Boletín 
18-10-2019

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20191018-186

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MOTRIL NÚMERO 1

186
Motril número 1. Procedimiento 201/2019

EDICTO

Dª DOMITILA GARCIA GALLEGO, LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 1 DE MOTRIL.

HACE SABER: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 201/2019 a instancia de la parte actora D/Dª LAURA GOMEZ FAJARDO, ANA CARACUEL BONILLA y MARTA MARTIN RAMIREZ contra FONDO DE GARANTIA SALARIAL y IIEREDEROS DE JOSE LUIS SUAREZ S.L. sobre Despido Objetivo Individual se ha dictado SENTENCIA de fecha 12-09-19, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

“Que debo ESTIMAR Y ESTIMO la demanda en impugnación de despido interpuesta Dª LAURA GÓMEZ FAJARDO asistida y representada por la Letrada Sra. Fernández Valdés y declaro la improcedencia del despido efectuado con fecha de efectos del día 27 de febrero de 2019, condeno a la empleadora demandada a estar y pasar por dicha declaración y a que a su elección, que deberá ejercitarla en el plazo de cinco días siguientes a la notificación de la presente, opte entre indemnizar a la trabajadora en la cantidad de 27.795,780 €, o a readmitirla en el mismo puesto de trabajo, advirtiéndole que sólo en el caso de que opte por la readmisión, deberá abonarle los salarios de tramitación desde la fecha del despido hasta que la indicada readmisión se produzca, a razón de 73,68 € al día.

Que debo ESTIMAR Y ESTIMO la demanda en impugnación de despido interpuesta Dª ANA CARACUEL BONILLA asistida y representada por la Letrada Sra. Fernández Valdés y declaro la improcedencia del despido efectuado con fecha de efectos del día 27 de febrero de 2019, condeno a la empleadora demandada a estar y pasar por dicha declaración y a que a su elección, que deberá ejercitarla en el plazo de cinco días siguientes a la notificación de la presente, opte entre indemnizar a la trabajadora en la cantidad de 23.938,01 €, o a readmitirla en el mismo puesto de trabajo, advirtiéndole que sólo en el caso de que opte por la readmisión, deberá abonarle los salarios de tramitación desde la fecha del despido hasta que la indicada readmisión se produzca, a razón de 70,52 € al día.

Que debo ESTIMAR Y ESTIMO la demanda en impugnación de despido interpuesta Dª: MARTA MARTÍN RAMÍREZ asistida y representada por la Letrada Sra. Fernández Valdés y declaro la improcedencia del despido efectuado con fecha de efectos del día 27 de febrero de 2019, condeno a la empleadora demandada a estar y pasar por dicha declaración y a que a su elección, que deberá ejercitarla en el plazo de cinco días siguientes a la notificación de la presente, opte entre indemnizar a la trabajadora en la cantidad de 17.399,11 €, o a readmitirla en el mismo puesto de trabajo, advirtiéndole que sólo en el caso de que opte por la readmisión, deberá abonarle los salarios de tramitación desde la fecha del despido hasta que la indicada readmisión se produzca, a razón de 66,74 €

Y para que sirva de notificación al demandado HEREDEROS DE JOSE LUIS SUAREZ S.L. actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el tablón de anuncios de este Juzgado y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En MOTRIL, a doce de septiembre de dos mil diecinueve.

LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

(03/33.253/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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