Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 244

Fecha del Boletín 
14-10-2019

Sección 3.10.20R: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20191014-71

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE RIVAS-VACIAMADRID

RÉGIMEN ECONÓMICO

71
Rivas-Vaciamadrid. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones

Acuerdo de Junta de Gobierno Local, de 3 de octubre de 2019, por el que se aprueban las bases y convocatoria de ayudas públicas “Bases para la convocatoria de subvenciones destinadas a los clubes y entidades deportivas con convenio de colaboración en vigor con el Ayuntamiento de Rivas-Vaciamadrid en el que se establece en sus cláusulas la gestión de una escuela deportiva municipal 2019”.

BNDS (Identif.): 476159

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria. El texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans):

1. Beneficiarios.—Asociaciones deportivas que cumplan con los requisitos establecidos en la presente convocatoria:

— Tener su sede o domicilio social y realizar sus actividades en el ámbito territorial del municipio de Rivas-Vaciamadrid.

— Tener en vigor convenio de colaboración con la Concejalía de Deportes del Ayuntamiento de Rivas-Vaciamadrid.

— Tener al menos un grupo de escuela deportiva que se regule por lo establecido en el convenio de colaboración firmado con el Ayuntamiento de Rivas-Vaciamadrid.

— Tener usuarios en sus grupos de escuelas deportivas que se beneficien en cuanto a bonificaciones en el pago de tarifas de la normativa municipal por su condición de usuarios del abono deporte o por su condición de discapacitados.

— No estar incursos en alguna de las causas contempladas en el artículo 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, a cuyo efecto se suscribirá declaración responsable de la forma prevista en el Anexo 1 de estas bases.

2. Solicitudes:

— El modelo de solicitud y las correspondientes bases se encuentran a disposición de las personas interesadas en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Rivas-Vaciamadrid (https://sede-electronica.rivasciudad.es/).

3. Plazo.—Quince días hábiles a contar desde el día siguiente al de su publicación de las bases en la web municipal.

4. Documentación a presentar:

— Anexo 1.

— Anexo 2.

5. Cuantía.—15.800,00 euros.

6. Período subvencionable.—Los justificantes del gasto deberán tener fecha del período comprendido del 1 de enero al 31 de diciembre de 2019. La justificación de la subvención se presentará en el plazo de diez días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de la resolución en la página web del Ayuntamiento.

Rivas-Vaciamadrid, a 4 de octubre de 2019.—El alcalde, Pedro del Cura Sánchez.

(03/33.589/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20R: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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