Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 244

Fecha del Boletín 
14-10-2019

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20191014-43

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

RÉGIMEN ECONÓMICO

Área de Gobierno de Familias, Igualdad y Bienestar Social

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Madrid. Régimen económico. Área de Gobierno de Familias, Igualdad y Bienestar Social. Extracto convocatoria subvenciones

Extracto del Decreto, de 17 de septiembre de 2019, del Delegado del Área de Gobierno de Familias, Igualdad y Bienestar Social, por el que aprueba la convocatoria de becas y ayudas al estudio de carácter general para exalumnos de la Residencia Internado “San Ildefonso” y aquellos exalumnos del colegio público “San Ildefonso” que hayan participado en los sorteos realizados por Loterías y Apuestas del Estado, curso académico 2019/2020.

BDNS (Identif.): 475718

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

Primero. Beneficiarios.—Para la obtención de la beca y/o ayuda será preciso haber sido alumno/a de la Residencia Internado “San Ildefonso” o haber sido alumno/a del Colegio Público “San Ildefonso” con participación en los sorteos realizados por la Sociedad Estatal de Loterías y Apuestas del Estado (SELAE).

Segundo. Objeto.—Concesión de becas y ayudas al estudio de carácter general para exalumnos/as de la Residencia Internado “San Ildefonso” y aquellos exalumnos/as del colegio público “San Ildefonso” que hayan participado en los sorteos realizados por la SELAE, con la finalidad de favorecer la continuidad en sus estudios al finalizar el nivel de Educación Primaria y en todos los niveles del sistema educativo.

Todo ello se enmarca en el Convenio suscrito, con fecha 28 de diciembre de 2018, entre la SELAE y el Ayuntamiento de Madrid, Área de Gobierno de Equidad, Derechos Sociales y Empleo, con vigencia hasta el 31 de diciembre de 2019.

Tercero. Bases reguladoras.—La convocatoria se regirá por lo establecido en la presente convocatoria, en la ordenanza de bases reguladoras generales para la concesión de subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus organismos públicos aprobada por acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de fecha 30 de octubre de 2013, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 278, de 22 de noviembre de 2013, la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el Reglamento General de Subvenciones, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, y el acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de 4 de julio de 2019, por el que se establece la organización y competencias del Área de Gobierno de Familias, Igualdad y Bienestar Social, publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 172, de 22 de julio de 2019.

Cuarto. Cuantía.—El importe total destinado a esta convocatoria asciende a ciento veinticinco mil euros (125.000 euros), pudiendo comprender la beca y/o ayuda los siguientes componentes:

— Ayuda para gastos derivados de la residencia del alumno/a, durante el curso, fuera del domicilio familiar.

— Beca para precios públicos por servicios académicos.

— Ayuda para gastos por razón del material escolar en función de los estudios cursados.

— Ayuda para determinados gastos por razón de la distancia entre el domicilio familiar del alumno/a y el centro docente en que realice sus estudios (transporte).

— Ayuda compensatoria, en función de la renta económica familiar.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—El plazo de presentación de solicitudes será de diez días naturales a contar desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 17 de septiembre de 2019.—El delegado del Área de Gobierno de Familias, Igualdad y Bienestar Social, José Aniorte Rueda.

(03/33.854/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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