Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 241

Fecha del Boletín 
10-10-2019

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20191010-65

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 32

65
Madrid número 32. Procedimiento 1614/2019

EDICTO

Don Guillermo Vázquez Ariño, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de instrucción número 32 de Madrid.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio sobre delitos leves número 1614/2019 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y fallo dice:

La ilustrísima doña Rosa María Freire Pérez, magistrada-juez del Juzgado de instrucción número 32 de Madrid, en nombre de Su Majestad el Rey, ha visto los presentes autos de juicio de delito leve número 1614/19 sobre la comisión de un delito leve de hurto, en los que han sido partes: el ministerio fiscal, representado por don Emilio Sáez Malceñido, en ejercicio de la acción pública; el representante legal de Supercor, en calidad de denunciante, y doña Silvia Jiménez Casla, como denunciada, con los siguientes.

Fallo

Que debo condenar y condeno a doña Silvia Jiménez Casla como autora responsable de un delito leve intentado de hurto, a la pena de veintinueve días de multa, con una cuota diaria de 20 euros, con el arresto sustitutorio legalmente previsto en caso de impago, de un día de privación de libertad por cada dos cuotas no satisfechas, y con imposición de las costas del juicio.

Con levantamiento del depósito y entrega definitiva de los objetos sustraídos al establecimiento comercial.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a doña Silvia Jiménez Casla, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente.

En Madrid, a 10 de septiembre de 2019.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(03/31.631/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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