Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 241

Fecha del Boletín 
10-10-2019

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20191010-49

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VILLACONEJOS

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

49
Villaconejos. Organización y funcionamiento. Delegación competencias

Visto que la competencia para autorizar el matrimonio es del alcalde según el artículo 51 del Código Civil:

En virtud del precitado artículo se establecen las diferentes posibilidades de autorización del meritado matrimonio, pudiendo ser otorgada dicha autorización tanto por el juez del Registro Civil como del alcalde del municipio o concejal-delegado del mismo, tal y como dispone el consultante.

En cuanto a la delegación efectuada por parte del alcalde a los concejales, es de aplicación lo dispuesto en el artículo 44.2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales (ROF), aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre:

Exigencia esta que también se recoge en el artículo 9.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen jurídico del Sector Público, cuyo tenor literal es el siguiente:

Por todo ello, teniendo en cuenta las consideraciones antes apuntadas, en ejercicio de la competencia que me está conferida por el artículo 21.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y en cumplimiento de lo establecido en la misma y en el Reglamento Orgánico antes citado, por el presente decreto:

Primero.—Delegar la posibilidad de autorizar matrimonios a todos los concejales de este Ayuntamiento:

— Doña Margarita Velasco González.

— Doña Simona Andrea Redondo Moscheni.

— Doña Laura Pacheco Sánchez.

— Don Adrián Vilares Fernández.

— Doña Adela Marín Sánchez.

— Doña Soledad García Sánchez.

— Doña María Concepción Bravo Sánchez.

— Don Roberto Benavente Garrido.

— Don Alberto Haro Díaz.

— Doña Magdalena Pozo Garrido.

Segundo.—Del presente decreto se dará cuenta al Pleno en la primera sesión que se celebre, notificándose personalmente a los designados, debiendo ser publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y siendo efectivo desde el día de su fecha.

En Villaconejos, a 26 de junio de 2019.—La secretaria, Ana Carbajosa García.—El alcalde, Adolfo Pacheco Sánchez.

(03/32.369/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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