Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 241

Fecha del Boletín 
10-10-2019

Sección 3.10.20R: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20191010-42

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE REDUEÑA

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

42
Redueña. Organización y funcionamiento. Ordenanza rodajes cinematográficos

Por acuerdo del Pleno de esta Corporación, en sesión ordinaria celebrada el 29 de abril de 2019, se adoptó entre otros el siguiente acuerdo:

1. Modificar el artículo 6 de la ordenanza municipal reguladora de la “tasa por ocupación de la vía pública con puestos, barreras, casetas de venta, espectáculos, atracciones o recreo situados en terrenos de uso público local, así como industrias callejeras y ambulantes y rodaje cinematográfico”, incorporando el cobro de la tasa de 300,00 euros por día, por rodajes cinematográficos.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 49.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del régimen Local, y de conformidad con lo previsto en el artículo 17.1 y 2 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, estará el expediente expuesto al público durante un período de treinta días, contados desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Dentro del citado plazo, los interesados podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones y sugerencias que consideren oportunas.

En Redueña, a 27 de septiembre de 2019.—La alcaldesa, María de las Mercedes Pérez González.

(03/32.714/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20R: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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