Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 241

Fecha del Boletín 
10-10-2019

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20191010-103

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 14

103
Madrid número 14. Procedimiento 1325/2018

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MARIA ANGELES CHARRIEL ARDEBOL LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 14 de Madrid.

HAGO SABER: Que en el procedimiento 1325/2018 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. JOSE RAMON CLARES MARIN frente a EULEN SEGURIDAD SA, SINERGIAS DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD SA, PROTECCION Y SEGURIDAD TECNICA SA, FOGASA, NOVO SEGUR SEGURIDAD PRIVADA SA, SEGURIDAD INTEGRAL CANARIA SA, ESABE VIGILANCIA SA y PLUTA ABOGADOS Y ADMINISTRADORES CONCURSALES SLP sobre Despidos / Ceses en general se ha dictado la siguiente resolución:

Parte dispositiva del decreto de fecha 18/09/2019:

NÚMERO RESOLUCIÓN: 705/19

DECRETO

En Madrid, a dieciocho de septiembre de dos mil diecinueve.

HECHOS

PRIMERO.- El presente proceso ha sido promovido por D./Dña. JOSE RAMON CLARES MARIN, figurando como parte demandada FOGASA, SINERGIAS DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD SA, EULEN SEGURIDAD SA, ESABE VIGILANCIA SA, PROTECCION Y SEGURIDAD TECNICA SA, PLUTA ABOGADOS Y ADMINISTRADORES CONCURSALES SLP, SEGURIDAD INTEGRAL CANARIA SA y NOVO SEGUR SEGURIDAD PRIVADA SA, sobre Despido, habiéndose citado a las partes.

SEGUNDO.- Que la parte demandante, D. JOSE RAMON CLARES MARIN, no ha comparecido a los actos de conciliación y juicio señalados para el día de hoy, estando citado en legal forma, habiendo comparecido su Letrado del turno de oficio D. FLORENTINO GARCIA GONZALEZ, colegiado nº91955, manifestando verbalmente que el trabajador se encuentra enfermo, sin aportar justificante de dicha situación.

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

ÚNICO.- La incomparecencia injustificada por parte del actor o actores al acto del juicio, en el proceso laboral es un acto unilateral de la parte demandante, que produce la terminación del proceso. Procede tener a/los demandante/s por desistido/s de su demanda (articulo 20.2 L.E.C.)

PARTE DISPOSITIVA

Se acuerda tener por desistida a la parte actora D./Dña. JOSE RAMON CLARES MARIN de la acción ejercitada en este procedimiento y ordenar el archivo de las presentes actuaciones, previa baja en el libro correspondiente.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en el plazo de TRES DIAS desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social, ingresar la cantidad de 25 Euros, dicho depósito habrá de realizarse mediante el ingreso de su importe en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado en la entidad BANCO DE SANTANDER IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274 número 2512-0000-61-1325-18.

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.

El/ LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

D./Dña. MARIA ANGELES CHARRIEL ARDEBOL

DILIGENCIA.- Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 L.R.J.S..Doy fe.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a ESABE VIGILANCIA SA, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto ,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a veinte de septiembre de dos mil diecinueve.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/32.048/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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