Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 241

Fecha del Boletín 
10-10-2019

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20191010-102

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 14

102
Madrid número 14. Ejecución 144/2018

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

DOÑA MARÍA ÁNGELES CHARRIEL ARDEBOL, LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social n.º 14 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 144/2018 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de DOÑA MARÍA PALOMA CARDEÑOSA CUESTA y DOÑA NATIVIDAD CHAVES RUBIO, frente a MA CLE ESTUDIO DE REFORMAS, SL, sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:

NÚMERO RESOLUCIÓN: 325/2019.

DECRETO

En Madrid, a veintitrés de abril de dos mil diecinueve.

PARTE DISPOSITIVA

A los efectos de las presentes actuaciones; y para el pago de 28.019,73 euros de principal (desglosados de la siguiente forma: 4.211,47 euros en concepto de condena en sentencia, más la suma de 7.539,84 euros en concepto de indemnización, más 6.063,93 euros en concepto de salarios de tramitación a favor de doña Natividad Chaves Rubio; 4.097,45 euros en concepto de condena en sentencia, más 4.701,84 euros en concepto de indemnización, más 1.405,20 euros en concepto de salarios de tramitación a favor de doña María Paloma Cardeñosa Cuesta), y la suma de 5.603,94 euros en concepto provisional de intereses de demora y costas, se declara la INSOLVENCIA PROVISIONAL total del ejecutado MA CLE ESTUDIO DE REFORMAS, SL, sin perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago.

Una vez firme la presente resolución hágase constar en el Registro Mercantil, la declaración de insolvencia del deudor (artículo 276.5 de la LJS). Asimismo, hágase entrega de certificación a la parte ejecutante a fin de iniciar el correspondiente expediente ante el FONDO DE GARANTÍA SALARIAL.

Una vez firme la presente resolución, archívense las presentes actuaciones.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en el plazo de TRES DÍAS desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social, ingresar la cantidad de 25 euros, dicho depósito habrá de realizarse mediante el ingreso de su importe en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado en la entidad BANCO SANTANDER IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274 número 2512-0000-64-0144-18.

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.

LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

DOÑA MARÍA ÁNGELES CHARRIEL ARDEBOL

DILIGENCIA.- Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la LRJS. Doy fe.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a MA CLE ESTUDIO DE REFORMAS, SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, y en el Tablón de Anuncios de este Juzgado.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a veintitrés de abril de dos mil diecinueve.

LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/31.161/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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