Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 240

Fecha del Boletín 
09-10-2019

Sección 3.10.20L: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20191009-35

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE LAS ROZAS DE MADRID

RÉGIMEN ECONÓMICO

35
Las Rozas de Madrid. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones

Anuncio del extracto de la Convocatoria de Subvenciones para el comercio minorista y hostelero en la calle Real y aledañas de Las Rozas de Madrid, motivadas por las obras de la calle Real y transversales.

BDNS (Identif.): 435043

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).

Primero. Objeto.—El objetivo de la presente convocatoria es la concesión de ayudas a los comercios minoristas y hosteleros ubicados en la calle Real y aledaños, afectados por las obras de la calle Real, con la finalidad de subvencionar los gastos de funcionamiento, mejora y conservación de su actividad.

Segundo. Bases reguladoras.—La presente convocatoria se regula por las bases aprobadas por Acuerdo de Junta de Gobierno Local, de 29 de marzo, publicadas en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en https://www.lasrozas.es/hacienda-economia-y-empleo

Tercero. Plazo de solicitud.—Las solicitudes se presentarán en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente de la publicación del anuncio de convocatoria de estas bases, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Cuarto. Cuantía.—La cuantía total máxima de las subvenciones será de 250.000 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 108 4330 47901 del vigente presupuesto prorrogado de la Corporación para 2019.

En Las Rozas de Madrid, a 2 de octubre de 2019.—La concejal-delegada de Economía y Empleo, Mercedes Piera Rojo.

(03/33.274/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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