Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 240

Fecha del Boletín 
09-10-2019

Sección 1.3.111.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20191009-14

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y JUVENTUD

14
ENCOMIENDA de gestión de 25 de septiembre de 2019, de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Educación y Juventud a la Consejería de Cultura y Turismo, en materia de contratación, de gestión presupuestaria y contable, de personal, de régimen jurídico y de régimen interior.

En Madrid, a 25 de septiembre de 2019.

De una parte, doña Mar Pérez Merino, Secretaria General Técnica de la Consejería de Educación y Juventud.

Y de otra parte, doña María José Barrero García, Secretaria General Técnica de la Consejería de Cultura y Turismo.

EXPONEN

Mediante Decreto 52/2019, de 19 de agosto, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, se ha creado la Consejería Educación y Juventud y la Consejería de Cultura y Turismo.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 12 de dicho Decreto, corresponde a la Consejería de Educación y Juventud las competencias que hasta entonces ostentaba la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes en materia de Juventud.

Por razones de eficacia, y con el fin de garantizar la continuidad de la gestión administrativa, al amparo de lo establecido en el artículo 11 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se ha acordado encomendar temporalmente a la Consejería de Cultura y Turismo la gestión de determinadas tareas que han pasado a ser del ámbito competencial de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Educación y Juventud.

Como consecuencia de lo anterior, ambas partes, en nombre de las instituciones que representan y al amparo de lo establecido en el artículo 11 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público,

ACUERDAN

Primero

Objeto

Se encomienda a la Secretaría General Técnica de la Consejería de Cultura y Turismo la gestión de los expedientes de contratación, de gestión presupuestaria y contable, de personal, de régimen jurídico y de régimen interior propios de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Educación y Juventud en materia de juventud.

Segundo

Plazo

Esta encomienda de gestión producirá efectos desde el día 20 de agosto de 2019, fecha en la que entró en vigor el Decreto 52/2019, de 19 de agosto, hasta el 31 de diciembre de 2019, sin perjuicio de la posibilidad de que, si resultase necesario, ambas Consejerías puedan acordar que se prolongue a un momento posterior a dicha fecha.

Tercero

Competencia

La encomienda de gestión no supone cesión de la titularidad de las competencias ni de los elementos sustantivos de su ejercicio.

Los actos y resoluciones que den soporte o en los que se integren las actividades materiales, técnica y de servicios objeto de esta encomienda se adoptarán por los órganos administrativos competentes de la Consejería de Educación y Juventud, de acuerdo con la normativa vigente en la materia en los términos establecidos en el artículo 11 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

En Madrid, a 25 de septiembre de 2019.—La Secretaria General Técnica de la Consejería de Educación y Juventud, Mar Pérez Merino.—La Secretaria General Técnica de la Consejería de Cultura y Turismo, María José Barrero García.

(03/33.129/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.111.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20191009-14