Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 235

Fecha del Boletín 
03-10-2019

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20191003-25

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

RÉGIMEN ECONÓMICO

Agencia para el Empleo de Madrid

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Madrid. Régimen económico. Agencia para el Empleo de Madrid. Extracto convocatoria subvenciones

BDNS (Identif.): 474501

Resolución de 24 de septiembre de 2019, de la Gerente de la Agencia para el Empleo de Madrid por la que se aprueba la convocatoria de becas de ayudas al estudio correspondiente a los cursos incluidos en la programación municipal y planes de barrios 2019 de la Agencia para el Empleo de Madrid, cuyo inicio y finalización esté comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2019, ambos inclusive.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

Primero. Beneficiarios/as.—Los alumnos o alumnas que hayan participado en cursos incluidos en las programación 2019 de la Agencia para el Empleo de Madrid y Planes de Barrios, correspondiente a cursos iniciados desde el 1 de enero de 2019 y cuya finalización tenga lugar hasta el 31 de diciembre del mismo año, ambos inclusive, con duración superior a las cincuenta horas y que cumplan los requisitos y obligaciones exigidas en la convocatoria.

Segundo. Objeto.—El objeto de las becas es la concesión de becas de ayuda al estudio a fin de compensar e incentivar la participación de personas en desempleo por el esfuerzo económico y personal realizado con su participación en los cursos.

Tercero. Bases reguladoras.—Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos publicada en www.madrid.es

Cuarto. Cuantía.—El crédito destinado a esta convocatoria asciende a 650.000 euros.

La cuantía de la beca de ayuda a la participación será de 9 euros por cada día lectivo del curso de formación.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—El plazo de presentación de las solicitudes será diez días (excluidos del cómputo sábados, domingos y festivos) contados desde el día siguiente al de la incorporación del alumno/a al curso, y, para aquellas acciones formativas iniciadas con anterioridad a la aprobación de la convocatoria, el plazo para la presentación de solicitudes será de diez días a partir del día siguiente a la publicación de ésta en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Sexto. Otros datos.—A la cuantía de la beca de ayuda se efectuará una retención del 2 por 100 a cuenta del IRPF.

Madrid, a 24 de septiembre de 2019.—La gerente de la Agencia para el Empleo de Madrid, Belén García Díaz.

(03/32.188/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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